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Nuevas disposiciones para pico cédula y género en Cartagena

El acto administrativo incluye a los dígitos 9 y 0, no tenidos en cuenta en el anterior decreto

Nuevas disposiciones para pico cédula y género en Cartagena

Nuevas disposiciones para pico cédula y género en Cartagena(Policía Metropolitana de Cartagena)

Cartagena de Indias

Mediante decreto 0539 del 13 de abril el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, adopta para el Distrito el aislamiento preventivo obligatorio y limita la libre circulación de las personas hasta el 27 de abril.

Así mismo, se dispone la movilidad de las personas, según pico, el último dígito de su cédula y el género y se reorganiza para que las personas cuyo número de identificación terminan en 0 y 9 puedan salir a hacer sus diligencias.

En el decreto 0538 del 12 de abril, estos dígitos no fueron incluidos, por lo que el alcalde lo derogó y se organizó nuevamente la rotación del pico y cédula, más el género.

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Con base al decreto 0538, la medida comenzó a regir con los dígitos 1, 2, y 3, pero con el nuevo decreto, el 0539, el orden continúa así:

FECHA SEXO* ÚLTIMO # CÉDULA

Martes, 14 de abril de 2020 Mujer 9, 0, 1, 2, 3

Miércoles, 15 de abril de 2020 Hombre 9. 0, 4, 5, 6

Jueves, 16 de abril de 2020 Mujer 4, 5, 6

Viernes, 17 de abril de 2020 Hombre 7, 8, 9

Sábado, 18 de abril de 2020 Mujer 7, 8, 9

Domingo, 19 de abril de 2020 Hombre 0, 1, 2

Lunes, 20 de abril de 2020 Mujer 0, 1, 2

Martes, 21 de abril de 2020 Hombre 3, 4, 5

Miércoles, 22 de abril de 2020 Mujer 3, 4, 5

Jueves, 23 de abril de 2020 Hombre 6, 7, 8

Viernes, 24 de abril de 2020 Mujer 6, 7, 8

Sábado, 25 de abril de 2020 Hombre 9, 0

Domingo, 26 de abril de 2020 Mujer 9, 0

Solo se permitirá la circulación de una persona del núcleo familiar, en el horario de 06:00 a.m. a 4:00 p.m. Las personas transgénero podrán hacer uso de las excepciones de acuerdo con su identidad de género y último número de cédula.

Solo se podrán hacer las siguientes actividades:

• Adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.

Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, y a servicios notariales.

• Asistencias a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Circulación de vehículos particulares.

Se permite, sin distinción de género y número de cédula, sacar en su entorno más inmediato a mascotas o animales de compañía, por un lapso de 15 minutos.

Los niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requiera salir de su lugar de residencia deberán ir acompañados de una persona.

Horarios

La actividades de comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, en establecimientos y locales comerciales abiertos al público, así como los servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, deberán garantizar el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social, y de seguridad, para lo cual tendrán un horario de atención al público que podrá ir desde las 00:00 horas hasta máximo las 16:00 horas de cada día, sin perjuicio de que puedan continuar prestando sus servicios a través de plataformas electrónicas y/o domicilios.

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