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Estos son los lineamientos que fijó el Gobierno para los procedimientos de consulta previa

Los lineamientos fueron fijados en una directriz presidencial.

Jornada de consulta previa en San Basilio de Palenque. // Gobernación de Bolívar

Jornada de consulta previa en San Basilio de Palenque. // Gobernación de Bolívar

Jornada de consulta previa en San Basilio de Palenque. // Gobernación de Bolívar

El Gobierno expidió la directriz presidencial sobre los lineamientos para la coordinación y acción institucional de los procedimientos de consulta previa.

Se trata de la directriz 06, en la que el Gobierno de Abelardo De La Espriella dispone medidas en caso de las consultas previas con comunidades étnicas que concluyan sin acuerdo.

Lo primero que dispone el Gobierno, es la creación de un expediente administrativo electrónico para la trazabilidad de los procesos de consulta previa en Colombia. Habrá un proceso de pre consulta, en el cual, la Dirección la Autoridad Nacional Consulta Previa, utilizará los mecanismos de interoperabilidad previstos en la Política de Gobierno, para contrastar la información que repose en las bases de datos, sistemas y plataformas que manejan las entidades públicas.

Cuando se logre un acuerdo, la DANCP dejará constancia y procederá a identificar de manera clara su contenido, la posible afectación directa con la cual guardan relación, las obligaciones asumidas, sus responsables y las condiciones para su posterior cumplimiento y seguimiento.

¿Qué pasará cuando no haya acuerdo?

Esta Dirección, también podrá hacer un cierre del proceso, sin que este haya llegado a un acuerdo: “La Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa dispondrá mediante acto administrativo el cierre del proceso consultivo cuando determine que, de buena fe y de manera apropiada a las circunstancias, fueron agotadas las actuaciones razonablemente necesarias para intentar llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de la iniciativa propuesta, en los términos del artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo”.

En el caso de no conseguir un acuerdo, el Gobierno contempla que la DANCP convocará a una reunión de articulación interinstitucional con diferentes entidades y autoridades públicas que tienen competencia en el proyecto de la consulta.

La directriz reitera en que una vez sea agotado el diálogo, la autoridad competente podrá cerrar el trámite mediante acto administrativo y no deberá iniciar un nuevo proceso.

Gobierno deja sin efectos anteriores directrices sobre consulta previa

El Gobierno de Abelardo De La Espriella resalta que esta directiva sustituye integralmente y deja sin efectos las Directivas Presidenciales 01 del 26 de marzo de 2010, 10 del 7 de noviembre de 2013 y 08 del 9 de septiembre de 2020.

Laura Saavedra Martínez

Laura Saavedra Martínez

Comunicadora social y periodista con más de siete años de experiencia ejerciendo periodismo en diferentes...

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