“Usted estaba obligada a obrar siempre conforme a derecho”: fuerte regaño de fiscal a Laura Sarabia
La Fiscalía aseguró que la exjefe de Despacho del Gobierno del expresidente Gustavo Petro, habría determinado al coronel Carlos Feria, para utilizar la sala del polígrafo para la indebida prueba a su exniñera.
Fiscalía imputó cargos a Laura Sarabia: Foto: tomada de la audiencia.
Justicia
La Fiscalía General de la Nación le imputó tres delitos a la exjefa de Gabinete del Gobierno de Gustavo Petro, Laura Camila Sarabia Torres, por su presunta participación en las irregularidades que rodearon la prueba del polígrafo a la que fue sometida su exniñera, Marelbys del Carmen Meza Vuelvas.
Los delitos imputados este lunes a Sarabia Torres son abuso de función pública, constreñimiento ilegal agravado y peculado por uso.
En medio de la audiencia, que se realizó ante la jueza primera Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, la fiscal tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gloria Marcela Abadía Cubillos, cuestionó a Sarabia Torres porque, presuntamente, habría determinado al coronel Carlos Alberto Feria para que su exniñera, Meza Vuelvas, fuera sometida al polígrafo.
“Doctora Sarabia usted como servidora pública determinó a través de mandato al coronel Carlos Alberto Feria, que tenía bajo su administración y custodia los equipos de poligrafía que como dotación técnica habían sido entregados por el Grupo de Recursos Físicos e Inventarios del DAPRE, a él, al coronel Feria, como jefe de protección presidencial, usted lo determinó para que use indebidamente esos equipos”, dijo la fiscal.
La funcionaria señaló que la utilización de dichos equipos se apartó totalmente de los fines para los cuales estaban destinados.
“Los equipos estaban legalmente autorizados para realizar los estudios de seguridad de funcionarios o empleados que pretendían ingresar al servicio de la jefatura, integrar los esquemas de seguridad de los altos funcionarios del gobierno nacional y para la evaluación de desempeño y confiabilidad de los que ya estaban vinculados.
El uso indebido se deriva entonces de haberse realizado una actividad particular, ajena a la función legal, para la cual no estaban destinados”, sostuvo la funcionaria judicial.
Así fue la prueba del polígrafo a Marelbys Meza
La fiscal Abadía Cubillos detalló que “el 30 de enero del 2023, sobre las 2 de la tarde, Marelbys Meza fue conducida por personal asignado a su seguridad, a unas oficinas del DAPRE, ubicadas en el edificio Galán, que está situado en la carrera 8-7-27, en el centro de Bogotá. La condujeron para practicarle la prueba de (1:41) polígrafo”.
Señaló que la prueba duró entre tres y cuatro horas y quedó registrada en un archivo DVD.
“Durante la práctica del examen poligráfico, el interrogatorio se enfocó de manera exclusiva en indagar sobre el hurto del dinero, es decir, se trató de un examen de caso específico cuyo tema de evaluación fue la pérdida/robo del dinero del maletín de la doctora Laura (…)”.
La presunta orden al coronel Carlos Feria
La fiscal del caso explicó, en medio de la audiencia, que Sarabia habría aprovechado su alto cargo en la Presidencia de la República para ordenar que Meza Vuelvas fuera sometida a la prueba.
“La determinación ejercida sobre el coronel Feria estuvo precedido de la preeminencia del cargo que usted ocupaba, del poder que ostentaba, dada la cercanía con la presidencia, que le daba una posición distinguida en la sociedad, especial condición que condujo a la determinación.
Doctora Sarabia, usted sabía que estaba emitiendo una orden fuera de su competencia. Conocía la resolución 0047 del 2023 y el decreto 2647 del 2022, que marcaba sus funciones en la asesoría política, coordinación de agenda y seguridad nacional”, aseguró la fiscal.
El cuestionamiento a la exjefa de Gabinete continuó al asegurar que “sabía que sus atribuciones legales no incluían la potestad de activar aparatos de inteligencia del Estado ordenando la práctica de pruebas de uso específico. Cuando le pidió a Marelbys Meza que se sometiera al polígrafo, sabía que ella era su subordinada laboral.
Conocía de la existencia del desequilibrio del poder. Sabía que ella no tenía posibilidades de negarse a la práctica del polígrafo”.
Uso indebido de los equipos de poligrafía
La fiscal dijo que Sarabia “también sabía que los equipos técnicos de poligrafía tenían unas finalidades específicas y que estaba determinando el uso indebido de estos para la satisfacción de intereses privados.
No obstante, ese conocimiento, su voluntad, se dirigió hacia acá. Con su proceder, al emitir una orden sin competencia, lesionó sin justa causa el bien jurídico de la administración pública, bien jurídico de la mayor relevancia por la naturaleza general y colectiva y porque protege el recto ejercicio de la función pública que garantiza la correcta distribución y ejercicio de las funciones públicas. Que cada uno haga lo que le toca, protegiendo la legalidad y legitimidad de las actuaciones de los servidores públicos”.
El fuerte llamado de atención continuó al afirmar que “también lesionó ese bien jurídico, doctora, porque alteró el normal funcionamiento y la moralidad de la administración pública y el deber de fidelidad hacia los bienes estatales al determinar su uso indebido. Afectó igualmente y sin justa causa el interés jurídico de la autonomía personal, porque usando su poder activó medios idóneos que sometieron la voluntad de Marelbys del Carmen Meza Vuelvas para que tolere la práctica del polígrafo”.
“Usted tenía la madurez”: fiscal a Sarabia
La fiscal señaló que “al momento de los hechos que se le imputan, usted tenía la madurez psíquica de una ciudadana corriente. No estaba afectada por inmadurez psicológica, trastorno mental o estados similares”.
La fiscal Abadía Cubillos enfatizó su regaño en que Sarabia tenía los conocimientos académicos para no cometer conductas que lesionaran los bienes del Estado.
“Por su formación académica, la experiencia profesional específica en el sector público, por la condición de funcionaria pública al servicio de la administración pública, por el cargo ocupado, por su posición distinguida en la sociedad, tenía conciencia que emitir órdenes fuera de su órbita y determinar el uso de bienes públicos de manera inadecuada, afectar también la libertad de decidir de las personas, estaba prohibido. Es decir, tenía la capacidad de comprender la ilicitud de la violación y tenía capacidad de determinarse de acuerdo con esa comprensión. Usted estaba obligada, más que cualquier otra persona, a obrar siempre conforme a derecho y hacer ejemplo de rectitud en todas sus actuaciones.
Le era exigible un comportamiento distinto, un altísimo grado de respeto a la ley”, concluyó.
Jenny Rocio Angarita
Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad...Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social y Periodismo. Trabajó en RCN Radio en varias regiones del país, actualmente es periodista judicial en W Radio.