Pensión reconfigura litigio en la Cámara de Comercio de Tunja
Una resolución de Colpensiones reconoció la pensión de vejez al ex presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Tunja, en medio de una controversia judicial que aún no concluye y que mantiene enfrentados al exdirectivo y a la Junta Directiva de la entidad.
John Jairo Martínez Álvarez, expresidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Tunja interpuso un recurso de desacato ante la entidad cameral / Foto: Caracol Radio.
La Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, reconoció oficialmente la pensión de vejez a John Jairo Martínez Álvarez, ex presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Tunja. La decisión quedó consignada en un acto administrativo mediante el cual se estableció una mesada mensual de 6,9 millones de pesos y se ordenó el pago retroactivo de la prestación a partir del primero de mayo de 2026.
Según la entidad, Martínez cumplió los requisitos legales para acceder a la pensión desde septiembre de 2024, al acreditar la edad exigida y más de 1.600 semanas cotizadas al sistema pensional.
La decisión adquiere relevancia por el contexto en el que se produce. Desde febrero de este año, Martínez y la Cámara de Comercio de Tunja mantienen una disputa judicial luego de que la Junta Directiva decidiera retirarlo del cargo de presidente ejecutivo.
El exdirectivo promovió una acción de tutela argumentando que gozaba de estabilidad laboral reforzada por su condición de prepensionado y que su desvinculación afectaba derechos fundamentales como el trabajo, la salud y el mínimo vital. El juez de primera instancia acogió esos argumentos y ordenó su reintegro al cargo o a uno de igual o superior jerarquía.
Posteriormente, la Junta Directiva creó el cargo de director general corporativo para dar cumplimiento a la orden judicial. Sin embargo, el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Tunja consideró que la medida no satisfacía plenamente el fallo y sancionó a seis integrantes de la Junta Directiva con arresto y multas por desacato. Aunque la decisión fue confirmada en segunda instancia, el Tribunal Superior de Tunja suspendió provisionalmente las sanciones mientras estudia una nueva acción de tutela en la que se alegan presuntas irregularidades procesales y vulneraciones al debido proceso.
En la resolución que reconoce la pensión, Colpensiones recuerda que el artículo 9 de la Ley 797 de 2003 establece como justa causa para terminar una relación laboral el hecho de que el trabajador cumpla los requisitos para acceder a la pensión de vejez y esta haya sido reconocida por la administradora correspondiente. El documento también señala que el empleador está facultado para solicitar el reconocimiento de la prestación cuando el trabajador reúne las condiciones para pensionarse. En este caso, la Cámara de Comercio de Tunja aparece vinculada al trámite administrativo y fue notificada formalmente de la decisión adoptada por Colpensiones.
El reconocimiento de la pensión no pone fin a los procesos judiciales que continúan en curso, pero sí incorpora un nuevo elemento jurídico a una controversia que sigue siendo analizada por distintas autoridades judiciales. Ahora serán los tribunales los encargados de determinar qué efectos puede tener la nueva situación pensional de Martínez Álvarez sobre las órdenes de reintegro, las sanciones impuestas a los directivos y el futuro de uno de los litigios más relevantes que enfrenta actualmente la Cámara de Comercio de Tunja.