Economía

SIC ordena a Tesla claridad a compradores en tiempos de entrega y garantías de carga

La entidad realizó una averiguación preliminar de oficio relacionada con las actividades comerciales de la empresa que vende carros desde su llegada al país en noviembre de 2025. Hubo cerca de 23.700 pedidos desde ese momento a la fecha.

Tras las quejas de los usuarios por retrasos en las entregas, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le ordenó a Tesla Colombia que no diga fechas tentativas de entrega como si fueran definitivas, que sea claro sobre las condiciones de garantía de los vehículos y de la infraestructura de carga de sus vehículos eléctricos.

“Más de 1.800 vehículos debían entregarse en febrero y marzo de 2026 y seguían pendientes en abril”, señaló la entidad.

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Por tanto, la entidad “advirtió posibles limitaciones frente a la garantía de algunos componentes de los vehículos y el cumplimiento de las obligaciones previstas para las ventas realizadas mediante comercio electrónico”.

En total, la SIC señaló que tras sus investigaciones determinó que hubo cerca de 23.700 pedidos de vehículos efectuados entre noviembre de 2025 y marzo de 2026.

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Por tanto, la orden es que Tesla debe:

  • Ajustar y aclarar la información suministrada a los consumidores sobre los tiempos de entrega de los vehículos, evitando comunicar fechas tentativas como si fueran definitivas.
  • Informar de manera clara, suficiente y verificable las condiciones reales aplicables a la garantía de los vehículos comercializados en Colombia.
  • Abstenerse de incluir o difundir información que pueda inducir a error sobre la existencia y disponibilidad de infraestructura de carga tipo “Supercharger” en el país.
  • Garantizar que las condiciones ofrecidas a los consumidores respecto de reservas, pagos y entregas sean transparentes y no generen confusión o falsas expectativas.
  • Revisar y ajustar las condiciones contractuales relacionadas con limitaciones a la garantía legal de componentes de los vehículos, particularmente respecto de las llantas o neumáticos.
  • Implementar medidas orientadas a evitar nuevos retrasos injustificados en la entrega de los vehículos comercializados.
  • Fortalecer los mecanismos de atención de peticiones, quejas y reclamos de los consumidores.
  • Cumplir con las obligaciones especiales previstas para las ventas realizadas mediante comercio electrónico y con las disposiciones sobre información de seguridad vehicular exigidas por la normativa colombiana.

Luisa María Mercado

Periodista egresada de la Universidad de La Sabana,...