¿Los parqueaderos de visitantes pueden ser ocupados por los propietarios? Esto dice la ley
Los parqueaderos son un factor relevante a la hora de busca vivienda, sobre todo cuando se trata de un inmueble residencial.
Aerial view of four parked passenger cars during sunny day of summer. / PATSTOCK
La Ley 675 del 2001 regula las propiedades horizontales especificando las normas y leyes que deben aplicarse a todos los inmuebles con uso residencial, comercial o mixto.
Siendo así, a la hora de buscar un arriendo, es importante conocer la normativa y evitar problemas ya sea con el propietario o incluso con las demás personas que hacen parte de estas propiedades.
Puede leer: ¿Se puede estacionar moto y carro en un solo parqueadero de edificio? Ley Propiedad Horizontal aclara
En los últimos años, uno de los detalles más buscados por los ciudadanos es que el conjunto o apartamento cuente con parqueadero, además de los distintas zonas comunes como parques, BBQ, terraza, recepción, ascensores, gimnasio y más.
Los lugares de estacionamiento son un factor relevante a la hora de busca vivienda, sobre todo cuando se trata de un inmueble residencial. Estos espacios de aparcamiento suele representar entre el 15 al 20 % del valor de la propiedad, además es un elemento clave en la valoración de la vivienda.
Y es que no solo se trata de los parqueaderos generales, sino también de los parqueaderos de visitantes, su cantidad, el precio y el uso que se les da en el conjunto o edificio.
A raíz de esto, nacen muchas dudas entre los mismos arrendatarios. Una de ellas es ¿los parqueaderos de visitantes pueden ser ocupados por los propietarios?.
¿Los parqueaderos de visitantes pueden ser ocupados por los propietarios?
De acuerdo con la Ley 675 del 2001, los parqueaderos de visitantes están designados únicamente para el uso temporal de terceros, es decir que NO pueden ser utilizados por los propietarios así estén vacíos.
Según se lee en el art 22 de esta misma ley, “Los parqueaderos de visitantes, accesos y circulaciones y todas las zonas comunes que por su naturaleza o destino son de uso y goce general, como salones comunales y áreas de recreación y deporte, entre otros, no podrán ser objeto de uso exclusivo”.
Le puede interesar: ¿Es legal arrendar un parqueadero de carro para varias motos? Reglas de Propiedad Horizontal
Además, explica que “los parqueaderos destinados a los vehículos de los propietarios del edificio o conjunto podrán ser objeto de asignación al uso exclusivo de cada uno de los propietarios de bienes privados de manera equitativa, siempre y cuando dicha asignación no contraríe las normas municipales y distritales en materia de urbanización y construcción”.