En Neiva, Iglesia y alcaldía se enfrentan, por el cobro de impuestos
El cobro de impuesto predial a los bienes inmuebles de cerca de 100 iglesias en la ciudad de Neiva, desató una batalla jurídica entre la administración municipal y la iglesia católica en la ciudad.

La alcaldia de Neiva dice que propiedades de laiglesiadonde no se realiza el culto deberan pagar impuestos en neiva
Neiva
La carta de cobro de impuesto predial allegada a mas de cien iglesias en la ciudad de Neiva generó polémica entre las dos instituciones, hecho que ha llegado a los estrados judiciales.
Aunque el cobro del impuesto va dirigido a las iglesias de todos los cultos, fue la iglesia católica la que manifestó el inconformismo amparado según ellos en la ley, la cual esta defendiendo en la actualidad ante los estrados judiciales.

Oscar Iván leiva, secretario de hacienda de Neiva, diceque los bienes inmuebles donde no se realiza el culto, deben pagarimpuestos.
Según Oscar Iván Leiva, secretario de hacienda de la administración municipal en Neiva, desde el punto de vista tributario y más concretamente en el estatuto tributario municipal al igual en las normas de orden nacional, las iglesias en principio están excluidas del impuesto predial unificado. “Esta exclusión se entiende sobre los bienes inmuebles respecto de las cuales las iglesias lo dedican exclusivamente al culto religioso es decir que los bienes inmuebles de propiedad de las diferentes iglesias debidamente registradas ante el ministerio del interior, los bienes inmuebles que son destinados a un fin diferente al culto pues están gravados con el impuesto predial unificado en virtud de lo establecido en nuestra norma local en nuestro estatuto tributario, si una iglesia tiene un bien inmueble y este bien inmueble lo utiliza para un establecimiento de comercio, lo utiliza para arrendarlo o lo arriendan a un tercero, deben pagar impuesto predial, no deberán pagar impuesto predial sobre el inmueble donde efectivamente ellos se congregan donde hacen las misas o hacen los cultos, esos bienes inmuebles no generan impuesto predial, pero sobre los diferentes bienes donde cuya destinación es muy contraria al culto, pues deberán pagar el impuesto predial, inclusive el impuesto de industria y comercio, sobre las actividades comerciales industriales y de servicios que realicen este tipo de entidades”. Expresó el funcionario.

El parroco de la iglesia la inmaculada en Neiva, demandó las intenciones de cobro deimpuesto predial de la alcaldía.
Aunque la acción de cobro va dirigida a más de 100 iglesias de diferentes cultos, fue la iglesia católica la que salió al paso, demandando a la administración municipal. De acuerdo al párroco Pedro maría Perez Trujillo, la demanda busca establecer el medio de control sobre los bienes excluidos y exentos del impuesto predial y su razón de aplicación a la ley 20 de 1974 debido a que hay un concordato entre la santa sede y el estado colombiano, buscando la aplicación del mismo recurriendo el artículo 14 donde se exceptúa de todo gravamen a los edificios destinados al culto o son las curias diocesanas las casas de episcopales las casas curales y seminarios de modo que este tratado integra lo que nosotros le llamamos como un bloque de constitucionalidad y prevalece sobre la legislación tributaria municipal en este caso la alcaldía, lo que obliga por ende a respetar las exclusiones para los muebles eclesiásticos, también es de recordar un acuerdo municipal del 28 del 2018 donde el estatuto tributario de Neiva indica las exclusiones y exenciones no en sus artículos 36 y 37”, dijo el prelado.
Los neivanos tienen opiniones divididas sobre el tema, entre tanto las dos instituciones defienden sus posiciones en los estrados judiciales y solo se espera la Luz divina que pueda iluminar a la justicia que tome la mejor decisión para las partes.



