¿Qué trámite debe seguir la Registraduría tras ser notificada del decreto de la Consulta Popular?
La realización de la consulta popular costaría 750 mil millones de pesos.
Imagen de referencia y logo de la Registraduría. Foto: Getty Images / Registraduría
Colombia
En la tarde de este miércoles, 11 de junio, el presidente Gustavo Petro anunció que él y todos sus ministros ya habían firmado el decreto que convoca a la consulta popular. Aún así, hasta el momento, la Registraduría no ha sido notificada sobre dicha normativa.
Ahora bien, luego de que se emita la respectiva comunicación al órgano electoral, el primer paso a seguir es expedir el calendario electoral.
“Lo primero que debe hacer la Registraduría es expedir el calendario electoral y, adicionalmente, hacerle la solicitud al Ministerio de Hacienda de todos los recursos necesarios para la instalación de todas las mesas de votación en el territorio nacional y en el exterior, para que como en una elección regular, se tengan todos los elementos necesarios para efectos de llevar a cabo la votación”, indicó el exregistrador Alfonso Portela.
A propósito, hay que recordar que el registrador nacional, Hernán Penagos, explicó que realización de la consulta requeriría de una inversión aproximada de 750.000 millones de pesos, para garantizar el despliegue electoral bajo los estándares establecidos por ley.
“Si me preguntan por el costo de una consulta interpartidista que es el 26 de octubre, está por el orden de los 750 mil millones de pesos, más o menos una cifra semejante a la de la consulta popular porque es una consulta en la que hay que llamar a los 40 millones de personas, hay que preparar logística para todos los ciudadanos”.
También indicó Penagos que la convocatoria a las urnas no puede coincidir con ninguna de los cerca de 30 procesos electorales que se llevarán a cabo durante este año y aunque el presidente Gustavo Petro aseguró que la votación de la consulta sería el 7 de agosto, en caso de llegar a coincidir con alguna otra elección la fecha tendría que cambiarse.
“No es posible, la Ley, si no estoy equivocado 1757, señala claramente que no es posible que esa consulta se convoque con otro mecanismo o ejercicio electoral”.