Tribunal ordena evacuación urgente de la comunidad Emberá en la UPI La Rioja
El Distrito tiene tres meses para garantizar un nuevo albergue con condiciones dignas y seguras.
Secretaría de Salud de Bogotá en UPI La Rioja.
Colombia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de la comunidad Emberá que permanece en la Unidad de Protección Inmediata (UPI) La Rioja, en el occidente de Bogotá, y ordenó su evacuación urgente en condiciones de dignidad, seguridad y humanidad. La sentencia ampara los derechos fundamentales de la población indígena a la vida, la salud, la seguridad y la vivienda digna.
Según la decisión judicial, “la situación actual de los Emberá alojados en La Rioja vulnera garantías mínimas de bienestar”, y por eso ordena al Distrito encontrar en un plazo de tres meses un lugar que reúna condiciones adecuadas para su permanencia temporal.
¿Qué dice el fallo del Tribunal?
La Subsección C de la Sección Tercera del Tribunal modificó una decisión anterior que había declarado improcedente la tutela, y en su lugar reconoció una “cosa juzgada constitucional parcial” en algunos de los puntos. El nuevo fallo acoge la tutela presentada por la Personería de Bogotá en representación de los Emberá.
Dentro de las órdenes impartidas, se destacan:
- Identificar un inmueble que tenga espacio suficiente, acceso a servicios básicos y condiciones de dignidad.
- Proceder con la evacuación inmediata de la comunidad Emberá de La Rioja.
- Mantener la prestación de servicios psicosociales, sanitarios y de atención humanitaria.
- Implementar un plan coordinado para su reubicación o retorno, en articulación con fallos previos.
Comité de emergencia permanente
El Tribunal también ordenó la creación de un comité de emergencia que deberá sesionar de manera permanente. Este grupo estará integrado por entidades distritales como la Secretaría de Gobierno, la Consejería de Paz, IDIPRON, el Instituto de Gestión del Riesgo, la Personería de Bogotá y representantes de la comunidad Emberá y la ONIC.
“El comité será el ente encargado de coordinar, diseñar e implementar todas las acciones necesarias para que la evacuación se realice respetando la dignidad de la comunidad”, señala el fallo.
Supervisión y seguimiento del caso
La decisión será remitida al Juzgado 24 de Familia de Bogotá, que ya había emitido órdenes en el mismo caso, para que haga seguimiento al cumplimiento de esta nueva sentencia. Asimismo, el expediente será enviado a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Finalmente, el Tribunal dejó claro que la evacuación no debe significar desalojo forzado, sino una transición garantizada que proteja los derechos y la integridad de la comunidad Emberá mientras se define su situación definitiva.