Procuraduría pide tumbar cuatro decretos de conmoción interior en el Catatumbo
Según el Ministerio Público se evidenciaron errores de forma.
Logo de la Procuraduría General de la Nación e imgen de referencia. Foto: PGN / Getty Images
JUSTICIA
La Procuraduría continúa emitiendo sus conceptos sobre la legalidad de los decretos expedidos en el marco del estudio de la Corte Constitucional sobre el estado de conmoción interior en el Catatumbo.
En esta oportunidad, por temas de forma, el Ministerio Público pidió al alto tribunal que se tumben los decretos 131,133,135 y 137.
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En general, la entidad asegura que en estos decretos no se satisface el requisito de suscripción, pues si bien, aparece la firma de quince ministros titulares y cuatro encargados, lo cierto es que, a juicio de la Procuraduría, dos funcionarios no tenían la competencia para suscribir ese cuerpo normativo.
En este caso no podían firmar ni Luis Carlos Reyes, exmincomercio y Polivio Leandro Rosales, ministro encargado de Agricultura.
“Por un lado, Luis Carlos Reyes Hernández no se encontraba en ejercicio del cargo de Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en tanto se encontraba en la situación administrativa de permiso remunerado; razón por la cual, para ese momento, se encargó a la funcionaria Ana María Zambrano para ejercer las funciones de dicho empleo. Por otro lado, el encargo en la cartera de Agricultura designado al funcionario Polivio Rosales finalizó el día 4 de febrero de 2025, según consta en el artículo 4° del Decreto 054 del 21 de enero de 2025″, se lee en los conceptos del Ministerio Público.
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Los decretos que pide tumbar la Procuraduría son:
- 131: Por el cual se establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional del 40% en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías.
- 133: Por el cual se adoptan medidas en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- 135: Por el cual se adoptan medidas en materia presupuestal y fiscal para las entidades territoriales, para impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público.
- 137: Por medio del cual se adoptan medidas extraordinarias e integrales de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones a los derechos humanos y DIH, ocasionados por los grupos armados organizados y otros actores violentos.
Claudia Camila Vargas
Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia...Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana. Incorporada en Caracol Radio desde 2021. Cubro la información de Bogotá y Cundinamarca.