Barranquilla

Admiten acción de tutela contra el cobro del alumbrado público en el recibo de la Triple A

Esta acción fue presentada por el concejal Antonio Eduardo Bohórquez.

Instalaciones empresa Triple A, Barranquilla.

Instalaciones empresa Triple A, Barranquilla.(Cortesía)

Una acción popular contra la empresa Triple A por el cobro del Impuesto de Alumbrado Público en las facturas de sus servicios, fue admitida por el Juzgado Primero Administrativo Oral de Barranquilla.

Esta acción fue presentada por el concejal Antonio Eduardo Bohórquez Collazos el pasado 31 de enero, argumentando que con “tal cobro se están amenazando y violando derechos colectivos relacionados con la Defensa o Protección del Patrimonio Público y Los Derechos de Usuarios y Consumidores”.

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Bohórquez también argumenta que el traslado del cobro del alumbrado público del recibo de energía a la factura del agua desconoce lo ordenado en normas como la ley de servicios públicos domiciliarios

Nosotros hemos incluido varios elementos. Tiene que ver, por ejemplo, con varias decisiones, conceptos, resoluciones que han emitido entidades como la CREG, la Superintendencia de Servicios Públicos, la misma ley 142 que plantea en un aparte que no se pueden cobrar factores diferentes a los que tienen que ver con el servicio respecto a la empresa que lo hace”, manifestó el concejal.

No incluir factores externos en la prestación del servicio

El concejal recordó que la Superservicios había ratificado no incluir cargos no relacionados con el servicio el cobro de las facturas.

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“Hemos hablado de una sentencia que asimila alumbrado público, una sentencia de la Corte Constitucional que asimila este impuesto o lo relaciona íntimamente con la prestación del servicio de energía eléctrica y también hemos planteado que, entre otras cosas, la misma Superintendencia de Servicios Públicos hace muy poco tiempo, ratificó esa decisión de que no se incluirían factores que no tienen que ver con la prestación del servicio”, agregó.

Bohórquez también señala en el estatuto tributario aprobado por el Concejo menciona el cobro por medio de la factura de energía.

“El ordenamiento constitucional y legal colombiano dice que, frente al tema tributos, igual que frente al tema planificación, seguridad y presupuesto, debe haber iniciativa del gobernante, en este caso del alcalde, y quien debe estudiar el tema es el Consejo de la Ciudad”, sostuvo.

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