Cuando NO debería subir el arriendo en Colombia: 7 casos específicos explicados
Le contamos en qué casos específicos no debería subir el valor del arriendo de un inmueble.
Todo arriendo válido en Colombia tiene que estar amparado por un contrato, en el que el arrendatario y el inquilino se hacen a una serie de responsabilidades, en donde si no se llegan a cumplir algunas de las condiciones pactadas, cualquiera de los dos se puede ver afectado por multas o costos imprevistos.
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Cabe recordar, que todos los acuerdos de este tipo se encuentran reglamentados por la ley 820 de 2003 y el Código Civil. Alli se especifica en qué casos se puede o no modificar el valor del arriendo en determinado inmueble. Por tal motivo, a continuación le contamos cuando no debería subir el precio de este compromiso, teniendo en cuenta esta normativa.
Casos en los que NO debería subir un arriendo en Colombia
Como se mencionó anteriormente, es la Ley de Arrendamiento (Ley 820 de 2003), la que establece que en Colombia durante la vigencia de un contrato de arrendamiento, el incremento del canon de arrendamiento solo puede hacerse una vez al año y debe basarse en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior. No obstante, bajo los siguientes casos, el valor no debería incrementarse
Contratos vigentes:
- No se puede subir el arriendo antes del primer año del contrato.
- Cualquier aumento que exceda este límite o no respete los tiempos estipulados podría considerarse ilegal y llevar a sanciones.
Arriendos en Viviendas de Interés Social (VIS):
- Según la normativa vigente, los incrementos en el arriendo de viviendas de interés social (VIS) tienen regulaciones más estrictas.
- Subir el arriendo más allá de los límites legales establecidos podría violar los derechos del arrendatario.
Negociaciones en curso:
- Si hay desacuerdos sobre reparaciones o mantenimientos pendientes que afectan el estado de la vivienda, no sería ético ni prudente subir el arriendo hasta resolver esos asuntos.
- Un ejemplo para lo anteriormente mencionado es si la vivienda tiene problemas estructurales, humedad, o fallas en servicios básicos, un incremento podría generar tensiones o hasta demandas.
Situaciones económicas del arrendatario:
- Aunque no es una obligación legal, considerar la situación económica del arrendatario puede ser clave para mantener una relación armónica con el mismo.
- Al igual que el anterior caso, un ejemplo es que si se presenta un tema de desempleo o crisis económicas generales (como la pandemia de COVID-19), subir el arriendo podría percibirse como una falta de sensibilidad.
Cambios en la Ley de Arriendos:
- Si en el momento del aumento existen decretos especiales o medidas gubernamentales que limitan los incrementos (como ocurrió durante la pandemia), no se debe realizar el ajuste.
- Lo importante es que siempre se verifique si hay normativas excepcionales en vigor.
No notificar el incremento a tiempo:
- Por ley, cualquier ajuste en el arriendo debe notificarse por escrito con al menos tres meses de antelación al arrendatario. Si no se cumple con este plazo, no se debería realizar el incremento hasta que se cumpla con el requisito legal.
Exceso en el valor del arriendo:
- Si el valor propuesto del aumento supera el límite de mercado o los precios establecidos en zonas reguladas, podría ser cuestionado por el arrendatario ante las autoridades.