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Registraduría reporta baja histórica en la cifra de nacimientos en Colombia: porcentaje que cayó

Le contamos sobre los datos oficiales de nacimientos de los últimos 10 años por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por qué se registra un caída en estas cifras.

Recién nacido y una huella al lado del logo de la Registraduría Nacional del Estado Civil (Fotos vía Getty Images y redes sociales de @Registraduria)

Tal como indica la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Colombia ha experimentado una considerable reducción en el número de nacimientos registrados durante los últimos diez años, por lo que aquí le contamos los detalles y porcentajes de diferencia:

De acuerdo a las estadísticas, durante el 2014 se presentaron 742.610 nacimientos en el país, mientras que en 2024 esta cifra descendió a 419.002 nacimientos, lo que representa una disminución del 43.6% en la última década.

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Comparación en cifras de nacimiento en 2014 vs. 2024

Los departamentos en donde más se reportaron nacimientos durante el 2014 fueron:

  • Antioquia 78.186
  • Valle del Cauca 56.219
  • Atlántico 42.795
  • Bolívar 37.023

Sin embargo, los mismos departamentos evidenciaron una reducción en el 2024:

  • Antioquia 49.018
  • Valle del Cauca 32.207
  • Atlántico 25.371
  • Bolívar 20.708

Asimismo, la Registraduría menciona que el registro civil de nacimiento permite reconocer la existencia jurídica de las personas, para que puedan acceder a sus derechos, así como a los bienes y servicios del Estado.

Requisitos para expedir el registro civil de nacimiento

Si requiere tramitar este documento, recuerde que la inscripción del nacimiento deberá hacerse dentro del mes siguiente a la ocurrencia del hecho, vencido este plazo se entenderá que la inscripción es extemporánea.

Igualmente, tenga en cuenta que los requisitos para su expedición son:

  • Presentar examen del grupo sanguíneo y factor Rh de la persona cuyo nacimiento va a ser inscrito (cuando el documento antecedente sea diferente al certificado de nacido vivo).
  • Presentar a la persona que se pretenda inscribir, acreditando su nacimiento a través del documento antecedente.
  • El declarante deberá estar debidamente identificado y cumplir los requisitos del vínculo con la persona a inscribir de acuerdo con la ley

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