Corte falla a favor de indígenas y hace llamado a la Agencia Nacional de Hidrocarburos
La Corte Constitucional falló a favor de la comunidad indígena de la Unión en el departamento de Córdoba.
JUSTICIA
La Corte Constitucional falló a favor de la Comunidad Indígena La Unión, ubicada en el departamento de Córdoba, contra la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior (DANCP), al considerar vulnerados sus derechos a la consulta previa, al debido proceso y de petición.
De acuerdo con la comunidad, con la apertura del proceso de licitación pública para la contratación de “un programa sísmico 2D” en la cuenca Valle Inferior del Magdalena tanto los indígenas como l Alcaldía de Buenavista informaron que este podía afectar los intereses y estilos de vida de las personas que allí habitaban.
Por ese motivo se solicitó certificar la procedencia de la consulta previa. Sin embargo, DANCP no realizó dicho trámite.
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En el caso concreto, la Sala constató que la DANCP vulnera el derecho de la Comunidad Indígena La Unión, porque no contestó la petición de la comunidad. Por el contrario, se limitó a remitir esta solicitud a la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Respecto del debido proceso y la consulta previa, la Sala reiteró que las comunidades indígenas son titulares de la consulta previa, lo cual exige a las autoridades consultarles los proyectos que sean susceptibles de afectarles directamente. De este derecho se derivan múltiples obligaciones de respeto, protección y garantía a cargo de la DANCP y los promotores del proyecto.
Así las cosas, la Sala le ordenó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior que, en coordinación, con la Agencia Nacional de Hidrocarburos convoque a la comunidad indígena para adelantar el proceso de consulta.