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Cambios en pensión para quienes ganen más de 2.3 SMMLV, según Reforma Pensional: ¿por qué?

Consulte cuáles son las principales modificaciones para este grupo de colombianos y cuándo entrará en vigencia la reforma aprobada.

Adultos mayores haciendo cuentas (Foto vía Getty Images) / Pekic

A lo largo de la vida de las personas, uno de los aspectos fundamentales es el ahorro económico que se hace durante la etapa productiva para el momento de la jubilación; pues tener un ingreso de manera vitalicia asegura una vejez digna y con condiciones económicas estables.

Por esa razón, pensionarse es uno de los principales objetivos de las personas, ya que no es lo mismo estar jubilado que pensionado; sin embargo, en este 2024 se aprobó la reforma pensional propuesta por el Gobierno colombiano actual, que nació con el objetivo de garantizar una vejez digna para los colombianos a través de distintas iniciativas que forman un único Sistema Integral de Protección a la Vejez y que hagan parte de alguno de los 4 pilares fundamentales, entre los que se incluye el pilar contributivo, el pilar complementario de ahorro voluntario, el pilar semicontributivo y el pilar solidario.

Por ese motivo, acá le contaremos toso lo que debe saber sobre el pilar contributivo y algunos aspectos claves que cambian en la administración de las personas que cotizan con un ingreso superior a los 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Cambios en el sistema pensional de las personas que coticen más de 2.3 SMMLV

De acuerdo con el sitio web oficial de la Presidencia de la República, esta Ley regirá a partir del 1 de julio del año 2025, y trae grandes cambios para las personas que devenguen un monto superior a los 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que son alrededor de $2′990.000 COP para el año 2024. A continuación, le mencionamos los principales:

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  • El pilar contributivo para las personas que coticen sobre más de 2.3 SMMLV tendrá dos componentes: el de prima media y el de ahorro individual. Es decir, que si una persona gana más de este umbral, lo correspondiente a 2.3 SMMLV se irá al fondo de pensiones público, mientras que toda la cotización sobre lo restante de su salario se iría a su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez.
  • Las personas que tengan un ingreso mensual igual o superior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, tendrán a su cargo un aporte adicional de 1,5% sobre su base de cotización, destinado al Fondo de Solidaridad Pensional.
  • A su vez, las personas con ingresos iguales o superiores a 7 salarios mínimos, tendrán que hacer un aporte de 1,8% adicional sobre su ingreso base de cotización, así como de 11 a 19 SMLMV de un 2,5%, de 19 a 20 SMLMV de un 2,8%, y superiores a 20 SMLMV de 3% destinado al mismo fondo.

¿Cómo funcionan los otros pilares?

En el caso del pilar solidario, está pensado para la población más vulnerable, con el objetivo de que esta pueda superar sus criterios de vulnerabilidad, por lo que se generararán rentas vitalicias o bonos pensionales, que se ajustan anualmente con la inflación y con el IPC, para la población mayor que no tiene opciones de pensionarse y tener una vejez digna.

Por otro lado, en el caso del pilar de ahorro voluntario, se busca fortalecer y favorecer el ahorro, para que haya un complemento y una mejora a las tasas de reconocimiento de las mesadas pensionales, donde las personas pueden aportar para mejorar sus ingresos al pensionarse.