Política

Registraduría responde a alerta de Secretario de Transparencia sobre contratación

La Secretaría de Transparencia expresó reparos sobre el proceso para “Contratar una solución integral logística, tecnológica, informática y de servicios para la organización y realización de los procesos electorales”.

Registraduría Nacional del Estado Civil

Colombia

El pasado martes, 08 de octubre, el secretario de transparencia de la Presidencia de la República, Andrés Idárraga, pidió a la Registraduría suspender la audiencia de adjudicación de un contrato por $41.017.445.094, relacionado con procesos electorales. Idárraga, en un documento, expresó varias preocupaciones, que tal como lo reveló El Confidencial del Noticiero del Mediodía de Caracol Radio, y que reconoce la propia Registraduría, coinciden con las de la empresa Cadena S.A.

“Se destaca que las observaciones contenidas en su comunicación son similares a las presentadas por otro interesado en el marco del proceso de contratación de la convocatoria pública SA 006. Esto sugiere que se están tratando temas que ya han sido minuciosamente revisados y analizados por las áreas tecnicas responsables de la entidad. Esta evaluación no se limitó únicamente a la fase de planificación, sino que también se llevó a cabo en el contexto de una evaluación exhaustiva de los argumentos presentados por los participantes en la convocatoria pública”, dice el primer párrafo de la carta de repuesta de la Registraduría.

¿Qué dijo el Secretario de Transparencia de la Presidencia?

El secretario de transparencia de la Presidencia señaló que tiene varias observaciones sobre ese proceso de contratación y que la solicitud de suspender la audiencia la hace “luego de identificar posibles acciones que podrían limitar el acceso plural de oferentes en el proceso de selección en mención, facilitando que al mismo contratista (por ejemplo, Thomas Greg & Sons) le sea adjudicado, por las siguientes razones:

Señala, entre otros temas, que los plazos establecidos podrían favorecer a Thomas Greg & Sons: “Se identifican plazos de menos de 2 meses, previos a la fecha estimadas para el desarrollo del proceso electoral y para la ejecución del objeto del contrato (parametrización de software, pruebas y alistamientos previos al escrutinio), que no permiten garantizar de forma adecuada la ejecución de las actividades para un contratista que no haya ejecutado antes un contrato igual o similar en la entidad”.

¿Qué respondió la Registraduría?

A través de un oficio de 10 páginas dirigido a Iveth Lorena Solano Quintero, del Grupo para el Análisis, Prevención e Innovación de Lucha contra la Corrupción Secretaría de Transparencia, la Registraduría se refirió a las observaciones planteadas frente al proceso de adjudicación del contrato en mención.

Respecto a los reparos que hay sobre los tiempos que habría para la ejecución del contrato, la Registraduría señaló que se debe tener en cuenta la necesidad de cumplir con el cronograma electoral. Adicionalmente señala que han desarrollado (Registraduría) cada una de las etapas.

“Respecto a lo ajustado del plazo de ejecución del contrato, como se ha explicado en el marco del estudio previo y de las respuestas a las observaciones de los interesados, debe tenerse en cuenta la necesidad de cumplir con unos cronogramas electorales, los trámites presupuestales previos al proceso de selección del contratista y el proceso de selección mismo, todo ol cual hace imposible que su inicio sea anterior y, a la vez, que el plazo de ejecución pueda extenderse por un tiempo adicional”, dice el documento de la entidad.

Sobre la experiencia certificada

Frente a otra de las observaciones que expresó Andrés Idárraga, relacionada con la exigencia de experiencia certificada exclusivamente por la autoridad electoral en los últimos 10 años, la entidad aseguró que se están confundiendo dos exigencias diferentes. Una que trata de asuntos que no tienen que ver con electoral y otra que sí, en este último caso la Registraduría defendió que se cumpla ese número de años, es decir, que se certifique en ese tiempo la empresa haya realizado dicha actividad.

-”(i) La experiencia en alistamiento, empaque, certificación, logística y distribución, no está circunscrita a asuntos de naturaleza electoral, sino que implica acreditar que la actividad se ha hecho en todos los municipios enque se llevarán a cabo los eventos electorales objeto del contrato a celebrar….”.

-”La experiencia en impresión de documentos de seguridad para procesos electorales, es la única que sí versa sobre asuntos electorales, que se circunscribe a la posibilidad de acreditar experiencia dentro de un plazo de 10 años y que debe ser certificada por la autoridad electoral oficial de cualquier Estado, sin importar si se trata de un evento electoral del nivel nacional o territorial. Al respecto, en primer lugar, se aclara que es perfectamente adecuado exigir experiencia en procesos electorales, pues ese el objeto del contrato a celebrar. Además, en cuanto al plazo de 10 años, sería mucho más restrictivo para los posibles oferentes exigir un plazo menor, pues tendrían menos oportunidad de acreditar experiencia, ya que no se trata de acumular un total de 10 años, sino de la posibilidad de acreditar la realización de estas actividades durante ese periodo de tiempo”.

La respuesta de la Registraduría termina señalando que “es una entidad autónoma e independiente de las ramas del poder público”. Incluso, fuentes de la entidad, indican que no estaban obligados a responder las observaciones de la Secretaría de Transparencia.

Diego Perdomo

Comunicador Social-Periodista de la Universidad...