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Esto es lo máximo que puede recibir de pensión en Colombia: supera los 25 SMMLV

El tope máximo para recibir pensión son $ 32.500.000.

Adultos mayores/ Imagen de referencia/ Getty Images / Johner Images

La Ley 2381 de 2024, conocida como la “reforma pensional” se implementará a partir del 1 de julio del 2025. El nuevo sistema requerirá que Colpensiones y las administradoras de fondos de pensiones cooperen y se cotice un mínimo de 2.3 salarios mínimos en estas entidades.

Las personas adquirirán una pensión a 1.300 semanas, con una edad de 57 años para mujeres y 62 años para hombres. De hecho, la nueva normativa ayudará a las mujeres a disminuir las semanas cotizadas y lograr un mínimo de 1.000 semanas para 2036. En Colombia, las pensiones se obtienen con fondos privados y Colpensiones, por lo tanto, muchas personas se preguntan cuánto es lo máximo que puede recibir una persona de pensión en Colombia.

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¿Cuánto es lo máximo que puede recibir de pensión en Colombia?

Teniendo en cuenta el salario mínimo de este año, el cual quedo en $1.300.000 pesos colombianos, el tope máximo de pensión que recibe cada persona corresponde a 25 SMMLV, lo que quiere decir que no se puede pasar de $ 32.500.000.

Así lo afirmó el Banco de la República en su página web: “las pensiones que reconoce el Banco tienen un tope máximo legal de 25 veces el salario mínimo legal mensual, de acuerdo con la ley 797 de 2003″.

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Obligaciones si es pensionado

Estas son algunas obligaciones si usted es pensionado según el Banco de la República:

  • Antes de que comience a recibir la pensión es fundamental que actualice su dirección, número de teléfono y correo electrónico. Lo anterior es de vital importancia para garantizar aquello que le corresponde.
  • Si vive en el extranjero, deberá presentar un certificado de supervivencia cada seis meses. Cabe destacar que la fecha que el Notario o Cónsul ponga en ese documento es la que se considerará para la validez de dicho certificado. Por lo tanto, los seis meses se cuentan a partir de esa fecha, no desde la última vez que presentó la supervivencia.
  • Cuando la entidad bancaria lo requiera, deberá enviar los documentos para tramitar su pensión de vejez a la administradora del régimen de prima media – Colpensiones, además de cualquier otro que te soliciten.
  • Informar a recursos humanos si ha llegado a algún término con respecto a otro posible cargo en una entidad.
  • Si estuvo afiliado al ISS en algún momento de su vida laboral, hoy conocido como Colpensiones, debe saber que no podrá cambiar de régimen pensional. Esto se debe a que, debido a las cotizaciones que el Banco debe a la Administradora del Régimen de Prima Media para realizar el pago conjunto de la pensión, no se adjunta a ambos regímenes, con arreglo a la ley.