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Pico y placa en Bogotá: Restricciones para vehículos del 16 al 20 de septiembre

Conozca las placas correspondientes a la semana del 16 al 20 de septiembre.

Via de Bogotá/Imagen de referencia/ Getty Images / DANIEL MUNOZ

En distintas ciudades de Colombia la política de ‘pico y placa’ se implementa con el fin de gestionar la congestión del tráfico y regular el uso de las vías, debido a que hay una demanda elevada en comparación con la oferta limitada de transporte. Posteriormente, otras ciudades de América Latina, como Perú, Ecuador y Venezuela, han adoptado esta estrategia de gestión del tráfico.

Según el calendario publicado por la Secretaría de Movilidad (SDM) estas son las restricciones de Pico y Placa para vehículos particulares en Bogotá durante la semana del 16 al 20 de septiembre de 2024. Recuerde que la medida estará vigente todos los días desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.

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Pico y placa en la semana del 16 al 20 de septiembre

  • Lunes 16: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 17: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6,7,8,9 y 0.
  • Miércoles 18: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1,2,3,4 y 5.
  • Jueves 19: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6,7,8, 9 y 0.
  • Viernes 20: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1,2,3,4 y 5.
  • Sábado 21: no aplica
  • Domingo 22: no aplica

Pico y placa en la semana del 23 al 29 de septiembre

  • Lunes 23: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 24: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6,7,8,9 y 0
  • Miércoles 25: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Jueves 26: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6,7,8,9 y 0
  • Viernes 27: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Lunes 30: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6,7,8,9 y 0

¿Qué sanción tengo si evito el pico y placa?

Si no se cumplen las restricciones de tránsito, habrá sanciones severas. Según el Código Nacional de Tránsito, sí se maneja en días donde hay restricciones impuestas, la sanción será una multa que equivale a 15 salarios mínimos legales diarios. Para el año 2024, ese monto es de $650.000.

Además de la sanción económica, el automóvil será confiscado y llevado a los depósitos oficiales, lo cual implicará costos y trámites extra para su recuperación.