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Nicaragua aprueba ley de ciberdelitos por publicaciones en contra del Gobierno de Ortega

Los opositores del gobierno determinan esta medida como una “mordaza”.

Nicaragua castigará con prisión a opositores que hagan publicaciones en redes sociales contra el gobierno del presidente Daniel Ortega. ( Foto: EFE ) / Parlamento de Nicaragua

La Asamblea Nacional de Nicaragua reformó la Ley Especial de Ciberdelitos, que castiga con cárcel la propagación de noticias falsas y/o tergiversadas que produzcan alarma, temor o zozobra en la población, y que ahora también será aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional por personas naturales o jurídicas.

La propuesta por el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, fue aprobada con carácter urgente y de forma unánime por el Parlamento.

La iniciativa reformó 9 artículos de la Ley Especial de Ciberdelitos, la cual es considerada por la oposición, en su mayoría exiliada, como una amenaza la libertad de prensa, “criminaliza” al periodismo de investigación y da luz verde para espiar comunicaciones privadas.

Sobre las redes sociales

“(La ley) tiene por objeto la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el uso de redes sociales y aplicaciones móviles, en perjuicio de personas naturales o jurídicas, así como la protección integral de los sistemas que utilicen dichas tecnologías, su contenido y cualquiera de sus componentes, en los términos previstos en esta Ley”, señala el artículo 1 reformado.

En cuanto a su ámbito de aplicación, establece que “es de orden público y se aplicará a los autores materiales, intelectuales, cooperadores necesarios..que facilite o favorezca la comisión de los delitos previstos en la misma”.

Además, que de conformidad al principio de universalidad establecido en el artículo 16 del Código Penal, la ley también será aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional.

Sobre la propagación o difusión de noticias falsas o tergiversadas, la reforma establece que “quien (...) publique o difunda información falsa, tergiversada o de cualquier otra naturaleza que de forma deliberada...se impondrá la pena de tres a cinco años de prisión y 300 a 500 días multa”.

Si la publicación perjudica el honor, prestigio o reputación de una persona o a su familia, se le impondrá una pena de dos a cuatro años de prisión y 150 a 300 días multa; si incita a la discriminación, al odio y a la violencia por motivos raciales, religiosos, políticos, condición económica y social... se le impondrá pena de cinco a diez años de prisión y 500 a 800 días multa.

Aumentan de 10 a 15 años el tiempo en prisión

La reforma de ley amplía de 10 a 15 años de cárcel a los ciudadanos que se les imputen los ciberdelitos que vayan contra la “seguridad del Estado”.

En su exposición de motivos, el Ejecutivo sostuvo que la propuesta de reforma está destinada a fortalecer la prevención, enfrentamiento, investigación y judicialización de aquellos delitos que se cometan a través los sistemas informáticos, dentro o fuera del país, por personas naturales o personas jurídicas.

La norma compuesta por 48 artículos, contiene 25 definiciones, sin embargo, según han advertido sus críticos que la han bautizado como “Ley Mordaza” o “Ley Bozal”, no define dos conceptos claves para su aplicación: información falsa e información tergiversada.

Es decir, es el sistema judicial, controlado por magistrados y jueces afines al sandinismo, los que tienen la discrecionalidad de decidir qué es o no una información falsa o si la información produce alarma, según ha alertado el movimiento Periodistas y Comunicadores Independientes de Nicaragua.