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¿Las prácticas cuentan como experiencia laboral? Ministerio del Trabajo lo explica

Con las prácticas profesionales, los estudiantes se preparan para el mundo laboral y aumenten sus posibilidades de encontrar empleo al finalizar su carrera.

Pasantes en una oficina, imagen de referencia // GettyImages

Pasantes en una oficina, imagen de referencia // GettyImages / Alexandr Muşuc

La primera puerta laboral que tienen muchos es la que consiguen gracias a las prácticas profesionales, un periodo de 6 meses en el que estudiantes universitarios, técnicos o tecnólogos, aplican los conocimientos teóricos adquiridos en sus carreras en un entorno laboral real.

Aunque la ley no establece una obligación explícita para que todas las empresas paguen a los practicantes, los estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) tienen derecho a una remuneración mensual, según lo establecido en la Ley 789 de 2002. Además, la 2043 de 2020 reconoce que las empresas pueden brindar un “apoyo para sostenimiento” a los practicantes, aunque no lo obliga.

Uno de los contratos más conocidos o con los que se encuentran diferentes estudiantes el de aprendizaje, un acuerdo entre una empresa y un estudiante, donde este último recibe formación práctica en un oficio o profesión. La empresa se compromete a brindar al aprendiz un espacio para aprender, mientras que el aprendiz se compromete a cumplir con las tareas asignadas.

Mientras la empresa debe garantizar la afiliación a seguridad social, pagar un salario mínimo (para universitarios) y ofrecer un ambiente de aprendizaje seguro, el aprendiz debe cumplir con los horarios establecidos y aprovechar la oportunidad para desarrollar sus habilidades. La duración máxima de este contrato es de dos años.

Sin embargo, lo que más preocupa a las personas que se gradúan es encontrar trabajo, pues uno de los requisitos fundamentales para las empresas es la experiencia, razón por la que una de las dudas más comunes entre los nuevos graduados de cada institución es ¿las prácticas cuentan como experiencia laboral?

¿Qué dice el Ministerio de Trabajo?

A pesar de que por mucho tiempo no fueron válidas, desde el 2021, la entidad puso en marcha el Decreto 616, donde se reglamenta la equivalencia de experiencia profesional previa de estudiantes, “obtenida a través de programas académicos o formativos cursados, y que estos puedan ser validados en sus procesos de inserción laboral, en el sector privado”.

En el decreto mencionado se explica que será considerado como experiencia prácticas laborales, contratos de aprendizaje, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios o grupos de investigación.

“Entre los requisitos para la equivalencia de experiencia profesional, el decreto establece que cobija toda persona que haya sido estudiante de educación superior de cualquier nivel de educación pregrado y posgrado”, se lee.

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¿Cómo se verifica la experiencia?

El documento señala que “la empresa patrocinadora en el contrato de aprendizaje, el empleador en el contrato laboral y contratante en el contrato de prestación de servicios, según corresponda, deberá emitir una certificación sobre la actividad adelantada por el estudiante, la cual como mínimo deberá contemplar: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada”.

Por lo que si usted termina sus prácticas profesionales con un gran desempeño, puede exigir la certificación para que sea una prueba de su experiencia al aplicar a una nueva empresa.

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