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Reforma pensional: ¿Qué pasará con las mujeres que NO hayan cotizado 750 semanas?

Aclare las dudas sobre los cambios para la pensión de las mujeres con la nueva ley.

Imágenes de referencia de mujeres de diferentes edades y pensión // GettyImages // Nota: Reforma pensional: ¿Qué pasará con las mujeres que NO hayan cotizado 750 semanas?

Con la llegada de la reforma pensional, varias dudas se han generado en las personas que cotizan con el objetivo de llegar a tener una vejez digna al cumplir con los requisitos de edad y semanas, establecidos por la Ley.

Algunos de los cambios más importantes de la nueva ley es la disminución de las brechas de género, donde la cantidad de semanas requeridas para la pensión de las mujeres se reducirá gradualmente entre 2025 y 2036, hasta llegar a un mínimo de 1.000 semanas para todas, gracias a la sentencia C-197 de 2023 de la Corte Constitucional.

La reforma también incluye, en el artículo 36, un beneficio para las mujeres que han tenido hijos, reconociéndoles 50 semanas de cotización por cada hijo nacido vivo o adoptado. Esto podría ayudar a muchas a alcanzar el requisito mínimo de semanas para pensionarse.

¿Cuáles son las reglas para las mujeres con la reforma pensional?

El capítulo XIV, que se enfoca en el régimen de transición, se explica que las mujeres que a la entrada en vigencia de la reforma pensional- es decir, al 1 de julio de 2025- cuenten con 750 semanas cotizadas se les continuará aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan.

¿Qué pasará con las mujeres que NO hayan cotizado 750 semanas?

Aquellas que no cuenten con este requisito están sujetas a lo que establece la reforma del gobierno de Gustavo Petro. Para ser específicos, en el artículo 75 del documento oficial se afirma lo siguiente:

“A quienes no cuenten con por lo menos setecientas cincuenta semanas cotizadas (750) para el caso de las mujeres y novecientas (900) semanas cotizadas para el caso de los hombres se les aplicará lo dispuesto en la presente Ley. Respecto de las demás prestaciones del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, se aplicará lo establecido en la presente ley”.

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En resumen, quienes tengan 750 semanas cotizadas o más podrán pensionarse en el régimen público o en fondos privados, tal como funciona ahora con la Ley 100 de 1993, pero quienes no cumplan con estas semanas el 1 de julio de 2025, se pensionarán con las nuevas reglas de la reforma pensional, es decir, por Colpensiones con cotizaciones hasta de 2.3 SMMLV.

¿Y si la mujer ya tiene la edad y no completó las 750 semanas?

Se conoce que las mujeres deben tener al menos 57 años para recibir pensión, en caso de que llegue a esta edad, pero no tenga las semanas, se puede solicitar una indemnización sustitutiva o devolución de Aportes a pensión, pues la persona declara su imposibilidad de continuar cotizando, conforme al artículo 37 de la ley 100. El Artículo 18 de la Reforma Pensional se explica lo siguiente:

“Aquellos(as) afiliados(as) que hayan cotizado hasta 299 semanas se les otorgará una indemnización sustitutiva en la misma forma como está previsto en el artículo 37 de la ley 100 de 1993 para el Componente de Prima Media y en el caso de que tengan ahorros en su cuenta individual, la Devolución de Saldos y sus rendimientos en el Componente Complementario de Ahorro Individual, se hará en la misma forma tal como está previsto en el artículo 66 de la ley 100 de 1993. Deberán manifestar al fondo pensional su intención de acogerse a esta modalidad”.

Desde el Ministerio de Trabajo, destacan que una parte sustancial de esta nueva normativa es que se pretende llegar a jornadas flexibles para personas cuidadoras, el aumento de licencias de paternidad y para quienes presenten ciclos menstrúales incapacitantes o con diagnósticos asociados a endometriosis.

La endometriosis es una afección a menudo dolorosa en el cual un tejido similar al que recubre el interior del útero crece fuera de este, explican expertos de Mayo Clinic.