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Mujeres de 50 años que recibirán renta básica desde el 2025, según la reforma pensional

Las mujeres que integren el Pilar Solidario podrán recibir una renta básica solidaria administrada por el DPS.

Imagen de referencia vía Getty Images

La reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro entrará en vigencia 1 de julio de 2025. Esta ley —La Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”— está compuesta por un nuevo sistema de pilares que tiene como propósito incluir a todos los sectores de la sociedad en el sistema pensional, especialmente a los más vulnerables que hoy no tienen una pensión.

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En total son cuatro pilares: Pilar Solidario, Pilar Semicontributivo, Pilar Contributivo y el Pilar Voluntario.

El primero de ellos, el Pilar Solidario, contempla algunas excepciones para que las mujeres mayores de 50 más años puedan ser beneficiarias de una renta solidaria desde que la norma tenga pleno efecto, es decir, en julio del próximo año. Esta propuesta no tiene relación con Colpensiones ni con los fondos privados.

De acuerdo con el Artículo 3 de la presente ley, las personas que integren este pilar podrán recibir una renta básica solidaria —que será administrada por el Departamento de Prosperidad Social (DPS)— siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

Entre estos requisitos están la pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50% y la ausencia de ingresos que permitan una vida digna.

Es importante aclarar que esto no termina siendo una pensión, sino un subsidio básico que a partir del segundo semestre de 2025 será de 223 mil pesos. Esta suma será actualizada los años siguientes, con base en el aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

¿Quiénes hacen parte del Pilar Solidario?

Todos los colombianos que hayan vivido al menos los últimos 10 años en el país, que se encuentren en situación de pobreza y vulnerabilidad, y que no cuenten con pensión alguna serán beneficiarios de este pilar:

  • Mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65 años.
  • Mujeres desde los 50 años y hombres desde los 55 años, con pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50 %.
  • Mujeres desde los 50 años y hombres desde los 55 años con discapacidad.

Cabe destacar que ninguna persona podrá ser beneficiaria simultáneamente del Pilar Solidario y de Colombia Mayor, a cargo de Prosperidad Social.

Artículo 3 reforma pensional gobierno de Gustavo Petro

Pensión por invalidez mujeres

Ahora bien. Las mujeres mayores de 50 años podrán solicitar la pensión anticipada de vejez, de acuerdo con el Artículo 89 de la reforma.

La misma edad será la misma que el de la renta básica, (55 para hombres y 50 para mujeres) y se otorgará si la persona padece una deficiencia física, síquica o sensorial del 50% o más y cotizó al menos 1.000 semanas en el sistema de protección social integral para la vejez, de manera continua o discontinua.

Artículo 89 reforma pensional

Número de semanas cotizadas para mujeres

De acuerdo con lo aprobado en el Legislativo, desde la aplicación de la ley, el total de semanas que debe cotizar una mujer será de 1.000; y no de 1.300 como está actualmente en el sistema pensional público.

Así las cosas, desde el 2025 se irá reduciendo las semanas obligatorias para las mujeres: cada año bajará el tope 25 semanas hasta 2036.