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Así quedó la pensión Familiar en la reforma: requisitos para sumar semanas en pareja

Este beneficio se logra con 1.300 semanas cotizadas entre los cónyuges y en caso de separación, la pensión se distribuye por partes iguales. Le contamos:

Imagen de referencia vía Getty Images / Halfpoint

Lograr la pensión por vejez en Colombia es un proceso difícil debido a los distintos requisitos que exige el sistema pensional colombiano, como la edad de jubilación y el número de semanas cotizadas que equivalen a unos 26 años de aportes. A esto se le suma que en los fondos privados, las personas deben tener un capital acumulado para financiar una pensión de al menos el 110% del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV).

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Según las cifras más actualizadas del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), solo el 18% de personas en el país logran pensionarse.

En el país es común que se llegue a los 60 años (mujeres) o 65 años (hombres) sin tener el total de semanas cotizadas requeridas para una pensión, lo que significa que millones de personas se quedan sin un amparo para su vejez. Actualmente, de los más de 7 millones de personas adultas mayores, solo 2.3 millones tienen pensión.

Con el fin de ayudar a los adultos mayores a acceder a una pensión por vejez, existe un beneficio que otorga la pensión familiar y que actualmente manejan los dos regímenes de Colombia: régimen de prima media (administrado por Colpensiones) y el régimen de prima media con ahorro individual (fondos privados de pensiones).

La pensión familiar es la suma de los esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para recibir una pensión de 1 salario mínimo, cuando cumplen con la edad de retiro (62 años para los hombres y de 57 años para las mujeres), pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente.

Al momento de aplicar para este beneficio, se suman las semanas cotizadas por cada uno y el resultado sea el mínimo de semanas exigidas para obtener la pensión de vejez, es decir, 1.300 semanas.

En todos los casos el monto de la pensión será equivalente a 1 SMMLV, que para el 2024 quedó en $1′300.000.

Cabe recordar que según se estipula en la norma, las parejas deben haber cumplido más de 5 años juntos y aplica también para aquellas que son del mismo sexo.

¿Qué dice la reforma pensional?

Con la aprobación de la reforma pensional del Gobierno Petro este beneficio seguirá vigente con el mismo número de semanas y requisitos de edad según lo establecido en el artículo 38 de la ley. La pensión básica seguirá siendo 1 salario mínimo legal y únicamente se podrá obtener esta pensión familiar una vez se haya agotado lo dispuesto en el sistema actuarial de equivalencias que defina el Gobierno nacional para los cónyuges.

Las parejas que ya estén cotizando en el sistema privado al momento de entrar en vigencia la reforma podrán decidir si continúan en el mismo o si se pasan al sistema público de Colpensiones para acceder a la pensión familiar. Solo se podrá reconocer una sola vez la pensión familiar por cada cónyuge o compañero(a).

¿Qué pasa con la pensión familiar si la pareja se divorcia?

De acuerdo con el artículo 39 de la reforma, en caso de un divorcio o separación legal o de hecho, la pensión familiar se extinguirá y los ex cónyuges permanentes tendrán derecho a percibir mensualmente cada uno, el 50% del monto de la pensión que percibían.

Si alguno de los dos fallece después del reconocimiento de la pensión, el 50% de la pensión familiar pasará al otro miembro de la pareja, salvo que existan hijos menores de edad, hijos entre los 18 y 25 años que se encuentren estudiando, o hijos en estado de invalidez debidamente calificada, caso en el cual la proporción del fallecido corresponderá en un 50% al cónyuge o compañero, y el otro 50% a los hijos con derechos.

El beneficio familiar solo se perderá cuando ambos miembros de la pareja fallecen y no existan beneficiarios que acrediten el derecho a la pensión de sobreviviente.

Según la reforma pensional de 2024, los requisitos para acceder a una pensión familiar son los siguientes:

Requisitos de la pensión familiar

  • Los dos miembros de la pareja deben estar afiliados al mismo régimen pensional, ya sea al Régimen de Prima Media (RPM) Administrado por Colpensiones o al Régimen de Ahorro Individual (RAIS) administrado por los fondos privados.
  • Pertenecer a los grupos A1 a A5, o B1 a B7, o C1 a C12 del Sisbén IV.
  • Al cumplir 45 años, ambos deben haber cotizado mínimo el 25% de las semanas requeridas para acceder a la pensión de vejez ordinaria.
  • La suma de los tiempos cotizados por ambos debe ser igual o mayor a 1.300 semanas.
  • Cada uno debe tener la edad mínima para el reconocimiento de pensión de vejez: 57 años mujeres y 62 años hombres.
  • Acreditar la convivencia como cónyuges o compañeros permanentes durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud.
  • La pareja deberá manifestar la imposibilidad de continuar realizando aportes al Sistema General de Pensiones.

Aunque la pensión familiar permite que más personas accedan a la pensión de vejez, esto solo es una opción, no una obligación. Los miembros de la pareja pueden decidir si quieren acceder a la pensión familiar o si prefieren pensionarse de forma individual según sus aportes a cualquier fondo pensional, privado o público.