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¿Qué pasa si no paga el Impuesto Predial? Este viernes es la fecha límite de pago

En tres días se acabará el plazo de pagar el impuesto predial. Si usted todavía no ha hecho el pago, tenga en cuenta las consecuencias que tendría no cancelarlo a tiempo

Persona haciendo cuentas con sus recibos para el impuesto / Impuesto predial (Getty Images)

Este viernes, 14 de junio, se vence el plazo para pagar el Impuesto Predial. Las personas que llegaron hasta esta fecha, ya no recibirán el descuento del 10% sobre el recibo, que se entregaba por pronto pago, sin embargo, podrán cancelar el saldo en deuda sin ningún tipo de multa.

Vale recordar que el Impuesto Predial es un pago obligatorio que deben hacer las personas que sean propietarios, poseedores o disfruten de un bien inmueble o de predios ubicados en la capital. El valor que debe cancelarse depende del avalúo catastral.

A corte del 27 de mayo, La Alcaldía reportaba un recaudo de $3.79 billones, que equivale al 85% de la meta que se tiene en el Distrito, que es de $44 billones de pesos. Para el resto de personas, solo les queda tres días para efectuar el pago, pero, ¿qué pasa si no se efectúa?

¿Qué pasa si paga el impuesto predial después de la fecha límite?

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda, cuando los contribuyentes no efectúan el pago de sus impuestos a tiempo, deben sumarle al costo base de su factura unos intereses que se irán sumando por cada día de no pago.

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El valor de los intereses son equivalentes a la tasa de usura vigente determinada por a Superfinanciera de Colombia, para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (02) puntos. La tasa de usura que se aplicará entre el 1 al 30 de junio de este año, según la Superfinanciera, es del 30.84% efectivo anual, lo que equivale a 1.5 veces la tasa de interés para créditos de consumo y ordinario.

Por lo anterior, se recomienda hacer pago de la factura en las fechas establecidas, de esta manera, evita pagos excesivos por sus impuestos.

¿Cómo descargar y pagar el impuesto predial?

El pago del impuesto predial, se puede hacer a través de tres mecanismos:

  1. Oficina virtual de la Secretaría de Hacienda, que se encontrará en la página web de la secretaría.
  2. De manera presencial, a través de las entidades bancarias autorizadas
  3. Por medios electrónicos, en los portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros.

Si tiene dudas sobre cómo efectuar el pago, aquí le contamos cómo hacerlo en solo unos minutos y a través de una página web.