Casa por cárcel a mujer que provocó trágico accidente en Armenia
Un Juez de control de garantías en Armenia dictó casa por cárcel a mujer que en estado de embriaguez acabó con la vida de un motociclista
AUDIENCIA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO
Armenia
El Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control Garantías de Armenia finalizó la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento en contra de Melissa Cortés Guzmán de 29 años por el delito de homicidio culposo agravado en el accidente de Tránsito donde perdió la vida el motociclista Arlés Arbeláez Morales de 50 años.
Envío un mensaje a la sociedad porque considera es la obligación acatar el imperio de la ley no siendo fácil tomar una decisión por eso cada parte defiende su tesis lo que genera sean atacados por la comunidad y medios de comunicación. Dijo que deben atender la constitucionalidad y las normas dispuestas en la ley, pero fue claro que la justicia viene de Dios porque ha sido malinterpretada por la sociedad.
En Contexto:
Fue enfático en afirmar que cuando es un caso mediático se evidencia con protesta y solo piden la privación de la libertad e incluso pena de muerte y cadena perpetua que no es posible en el país en cuanto a los derechos humanos. Llamó a la calma y tranquilidad para realizar lo que debe ser por ley conforme a las normas.
En ese mismo sentido enfatizó la síntesis del proceso en cuanto a lo que fue presentado por parte de la Fiscalía y la abogada defensora respecto a la solicitud de medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
El Juez manifestó que la mujer pudo determinar el riesgo y evitar acciones que desencadenaron el fatal hecho contra los dos motociclistas donde uno de ellos murió en el lugar. Resaltó que la conducción es una actividad peligrosa y mas en estado de embriaguez por eso la mujer debía prever el hecho. Señaló que, aunque no había voluntad de causar el hecho si pudo haber frenado en el sector de la CRQ donde ya había generado un choque con otro vehículo, pero decidió continuar con su marcha sin importar la afectación que se podría generar.
Destacó que no es posible imponer una medida de aseguramiento tal como fue solicitada por la Fiscalía, afirmó que el actuar de la mujer fue imprudente en cuanto a culposo porque tuvo la oportunidad de evitar el riesgo. Fue enfático que la gravedad de la conducta se determina con la muerte del motociclista de 50 años.
Recordó que la investigación aún está vigente por eso el tope está en el mínimo de la pena que sería de 53 meses y con una máxima de 94 meses porque no cuenta con antecedentes judiciales entendiendo la rebaja del 12.5% por aceptación de cargos.
El Juez en conclusión dijo que decreta medida de aseguramiento domiciliaria en contra de Melissa Cortés Guzmán también entendiendo la necesidad por la misma seguridad de la mujer a raíz de lo que se ha generado y dando garantías a los familiares de la víctima del trágico accidente. Además, porque fue demostrado que la mujer tiene arraigo en Cajamarca, Tolima y la residencia allí no afectaría el proceso judicial.
La Fiscalía y representante de víctimas interpusieron recurso de apelación.
El Fiscal del caso sustentó su apelación en cuanto a la gravedad del hecho y por eso espera un juez en segunda instancia genere la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario por la posible no comparecencia porque tenía el riesgo de fuga ya que en el hecho pretendía no responder huyendo del primer accidente de Tránsito. Mencionó que el riesgo es latente en cuanto a la fuga y no acatar el llamado de las autoridades por eso espera que se revoque la medida y se interponga la intramural.
Por su parte el representante de las víctimas compartió la argumentación de la Fiscalía por eso considera es importante revocar la medida impartida por el Juez de primera instancia que considera no atiende los criterios de idoneidad. Señaló que la domiciliaria no sería garantía de la comparecencia para los fines procesales pertinentes.
La abogada defensora, Sandra Milena Urrea solicitó que el juez de conocimiento confirmara la medida ya que la domiciliaria es la acorde por el delito de homicidio culposo agravado. Señaló que la decisión está sujeta a los fines constitucionales ya que si la mujer incumple esos requisitos de la medida privativa en residencia pasaría a establecimiento carcelario.