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¡Ojo! Estos son los vehículos que tendrán pico y placa este sábado 9 de marzo en Bogotá

La medida se aplicará a este tipo de vehículos desde las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m., con el fin de reducir el impacto en la calidad del aire.

Imagen de referencia, movilidad en Bogotá. (Vannessa Jimenez/Anadolu Agency via Getty Images) / Anadolu

El pasado 6 de marzo, la Alcaldía de Bogotá declaró una nueva Alerta Fase 1 en el suroccidente de la ciudad por mala calidad del aire que se ha registrado en los últimos días.

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Esto a raíz de las altas concentraciones de material particulado PM10 en esta zona de Bogotá por los recientes incendios forestales en la ciudad, así como en el valle del río Magdalena, en la Orinoquia colombiana y venezolana:

“La decisión se toma porque el 50 % de las estaciones de monitoreo ubicadas en el suroccidente de la ciudad superaron 27 horas continuas en niveles de riesgo regular y algunas veces en alto para la salud humana, especialmente, en Carvajal - Sevillana y Kennedy, criterio necesario para la declaración”, señaló la Alcaldía.

Con el fin de reducir el impacto en la salud de los habitantes de la ciudad y mejorar la contaminación atmosférica, la administración local anunció nuevas medidas transitorias para los vehículos de transporte de carga que circulan en esta zona.

Así las cosas, todos los vehículos de transporte de carga modelos anteriores al año 2014, tendrán restricción de circulación en el suroccidente, de lunes a viernes sin incluir festivos, en los siguientes horarios:

  • Entre las 6:00 a. m. y las 8:00 a. m.
  • Entre las 5:00 p. m. a 8:00 p. m.

En el caso de los vehículos de carga mayores a 20 años, la restricción seguirá como normalmente funciona en toda la ciudad y por la alerta ambiental, los vehículos de carga mayores a 10 años tendrán la misma medida de pico y placa que aplica para los de 20 años.

Pico y placa 9 de marzo 2024

En el caso de los fines de semana, la medida solo aplicará para los días sábados entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m. horario rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa par o impar del vehículo.

Esta restricción iniciará con las placas impares el primer sábado a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.

  • Para este sábado 9 de marzo, no podrán circular los vehículos terminados en placas impares (1 - 3 - 5 - 7 - 9).

Vale mencionar que, Las medidas de restricción establecidas en el presente artículo también serán aplicables para los vehículos de transporte de carga clase camioneta, con tipo de carrocería: estacas, furgón, estibas y panel.

La Secretaría de Movilidad recordó que esta restricción no aplicará para los vehículos particulares que circulen por la ciudad o por el polígono que fue declarado en alerta.

Zonas en las que aplica la medida

Restricción por vías

  • Av. Carrera 68 desde Av. 1 de Mayo hasta Carrera 53, por Calle 51 sur, Av. Carrera 51 y Calle 56a sur y Av. Calle 71 sur hasta límite sur urbano — Límite sur urbano desde Av. Calle 71 sur hasta Río Bogotá-
  • Río Bogotá desde límite sur urbano entre Soacha hasta Av. Calle 17 — Av. Centenario (Av. Calle 13) desde límite occidental urbano con Mosquera - Calle 13 hasta Transversal 42 - Transversal 42, Transversal 53 hasta Av. Carrera 68.

Localidades y UPZ

  • Las localidades Kennedy y Bosa están contenidas en su totalidad.
  • En la localidad Fontibón, la UPZ 77 - Zona Franca.
  • En la localidad Ciudad Bolívar, las UPZ 65 - Arborizadora, 66 - San Francisco, 67 - Lucero, 68 - El Tesoro, 69 - Ismael Perdomo y 70 - Jerusalén. La UPZ 42 - Venecia hasta la Av carrera 68 de la localidad de Tunjuelito.
  • En la localidad de Puente Aranda la UPZ 43 - San Rafael y 111 - Zona Industrial y Puente Aranda.

Vale aclarar que, la Calle 13, la Avenida Boyacá y la Autopista Sur no están incluidas en esta restricción por alerta ambiental, para garantizar el abastecimiento de mercancías en la ciudad y mitigar el impacto económico de las empresas de transporte de carga.