Justicia

Amplían plazo para acreditar la condición de víctima: Hasta cuándo y para quiénes

Al poder declarar son incluidos en el Registro Único de Víctimas y podrán buscar su reparación e indemnización

Víctimas del conflicto armado colombiano. Foto: Colprensa

Víctimas del conflicto armado colombiano. Foto: Colprensa(Thot)

Bogotá

La Unidad para las Víctimas puso en marcha la ley 2343 de 2023, una herramienta valiosa para las personas afectadas por el conflicto armado colombiano, porque permite extender los plazos que tiene esta población para acreditar su condición de víctimas declaren ante el Ministerio Público (Personería, Defensoría del Pueblo y Procuraduría) y los consulados en el caso de las víctimas vivan en el exterior- y así solicitar su inclusión en el Registro Único de Víctimas que es el listado oficial de los afectados por el conflicto.

Antes el plazo para poder declarar que la persona si era afectada por el conflicto era de dos años y ahora se extendió a tres años contados a partir de la ocurrencia de los hechos victimizantes.

Por otro lado, el cambio beneficia a quienes sufrieron hechos victimizantes ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 y que nunca habían declarado. Con la nueva norma, las víctimas podrán declarar estos hechos hasta el 29 de diciembre de 2024, sin necesidad justificar fuerza mayor.

¿Quiénes sí deben declarar?

Toda persona que haya sufrido un hecho victimizante en el marco del conflicto armado y que no lo haya declarado antes. Aplica para hechos victimizantes ocurridos desde el 1 de enero de 1985. Recuerde que si sus hechos ocurrieron hace más de 3 años, usted tiene plazo para declararlos hasta el 29 de diciembre de 2024.

¿Quiénes no deben declarar?

NO necesitan hacerlo las personas que en años anteriores declararon y no fueron incluidas en el Registro Único de Víctimas por hacerlo por fuera del plazo establecido. La Unidad para las Víctimas valorará el caso y le informará la decisión.

¿Qué es la Ley 2343 de 2023?

Es una ley que fue aprobada por el Congreso de la República en diciembre de 2023 y modificó los plazos para que quienes se consideran víctimas del conflicto armado presenten su declaración ante la Personería, la Procuraduría o los consulados (si está en el exterior). Es decir, es una ley que modificó una parte de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras o Ley 1448 de 2011.

¿Qué cambia la Ley 2343 de 2023?

Las personas ahora tienen tres años, a partir de la fecha en la que ocurrieron los hechos victimizantes, para dirigirse a alguna sede de la Personería, Procuraduría, la Defensoría o a los consulados (si está en el exterior) y declararlos. Antes, el plazo era de dos años.

Da una nueva oportunidad a las personas que alguna vez declararon, pero no fueron incluidas en el Registro Único de Víctimas por haberlo hecho por fuera del plazo establecido. Estas personas no tienen que declarar nuevamente porque la Unidad revisará cada caso y le informará la decisión a cada persona.

Abre una ventana para las personas que se consideran víctimas del conflicto armado y que por cualquier motivo no declararon antes. Durante todo este año, hasta el 29 de diciembre de 2024, estas personas podrán realizar su declaración sin justificar motivos de fuerza mayor.

¿Dónde encontrar más información?

En la página web www.unidadvictimas.gov.co, en el WhatsApp 322 8151101, llamando al (601) 426 11 11 y gratuitamente a la línea nacional 01 8000 91 11 19.

Más información

La Unidad para las Víctimas recuerda que todos los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios.

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