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Confirmadas tarifas del SOAT para 2024: ¿Desde cuándo empieza a regir?

A través del decreto 2312 de 2023, se determinó el cambio en los valores de póliza para el año en curso

En aumento estafas con Soat falsos, alerta Superintendencia Financiera desde Montería. Foto: Colprensa.

El gobierno de Gustavo Petro expidió el decreto 2312 de 2023 y través de la Superintendencia Financiera se ajustó las tarifas máximas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito para el año 2024.

Así las cosas, según explicó la entidad, las tarifas que aplican para las categorías de vehículos que están cobijados con el descuento del 50% deben aumentar 10,97% aproximadamente, correspondiente a la variación anual de la Unidad de Valor Tributario. Ahora bien, para las otras categorías, el incremento será del 18,4%, con el fin de asegurar que los recursos sean suficientes para atender a los usuarios en las diferentes eventualidades.

Por eso, desde la Superfinanciera explicaron que los incrementos mencionados se fijaron a partir del resultado de la revisión periódica de las condiciones técnicas y financieras del seguro, el cual permitió. determinar el porcentaje de suficiencia del SOAT.

¿Qué categorías tendrán el beneficio del 50%?

Según se encuentra consignado en el decreto, la Superfinanciera será la entidad que definió los topes de las categorías, y se aplicaron los principios de equidad, suficiencia y moderación (numeral 5 de artículo 193 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero). Por eso, las categorías a las que se refiere dicho artículo y que tendrán el beneficio del 50% diferencial en la tarifa de la póliza son:

-Vehículos de las categorías ciclomotor

-Motos de menos de 100 (cc)

-Motos de 100 (cc) y hasta 200 (cc)

-Motocarros

-Tricimotos

-Cuadriciclos

-Motocarros de cinco pasajeros

-Autos de negocios

-Taxis

-Microbuses urbanos

-Servicio público urbano: buses, busetas y vehículos de servicio público intermunicipal

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La tarifa estará vigente desde el 10 de enero de 2024 con aporte de $2.100 para Runt y 52% de contribución a la ADRES.

Motos

- Menos de 100 c.c.: $230.200

- Entre 100 y 200 c.c.: $308.500

- Más de 200 c.c.: $830.100

Motocarros

- Ciclomotor: $111.600

- Motocarro, tricimoto y cuadriciclo: $347.700

- Motocarro de cinco pasajeros: $347.700

Autos negocio

- Menos de 1.500 c.c. / menos de 10 años: $253.000

- Menos de 1.500 c.c. / 10 o más años: $316.200

- Entre 1.500 y 2.500 c.c. / menos de 10 años: $314.600

- Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 o más años: $388.600

- Más de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $405.600

- Más de 2.500 c.c. / 10 o más años: $475.700

Servicio público

Buses, busetas urbanos: $605.000

Servicio público intermunicipal (menos de 10 pasajeros): $598.200

Servicio público intermunicipal (más de 10 pasajeros): $867.500

Oficiales especiales (menos de 1.500 c.c.): $1′090.100

Oficiales especiales (entre 1.500 y 2.500 c.c.): $1′374.300

Oficiales especiales (más de 2.500 c.c.): $1′647.800

Camionetas / Camperos

- Menos de 1.500 c.c. / menos de 10 años: $864.500

- Menos de 1.500 c.c. / 10 años o más $1′039.300

- Entre 1.500 c.c. y 2.500 c.c. / menos de 10 años: $1′032.300

- Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 años o más: $1′222.900

- Más de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $1′210.900

- Más de 2.500 c.c. / 10 años o más: $1′389.500

Vehículos familiares

- Menos de 1.500 c.c. / Menos de 10 años: $487.000

- Menos de 1.500 c.c. / 10 años 0 más: $646.500

- Entre 1.500 y 2.500 c.c. / Menos de 10 años: $539.800

- Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 años o más: $738.600

- Más de 2.500 c.c. / Menos de 10 años: $693.000

- Más de 2.500 c.c. / 10 años o más: $822.500

- 6 o más pasajeros / menos de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $869.500

- 6 o más pasajeros / menos de 2.500 c.c. / 10 años o más: $1′109.800

- 6 o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / menos de 10 años: $1′163.900

- 6 o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / 10 años o más: $1′397.700

¿Qué pasa si no paga el SOAT?

En caso de no pagar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, se le impondrá una multa, bien sea por un agente de tránsito o por las cámaras de fotodetección. En el caso que sea, deberá asumir un pago de 30 Salarios Mínimos Diarios Vigentes (SMDV).