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Salud y bienestar

Supersalud interpuso medida cautelar a Compensar por no autorizar procedimiento quirúrgico

La EPS tendrá que garantizar la prestación efectiva de los servicios y el derecho fundamental a la salud del usuario.

Getty Images / Martin Barraud

Colombia

La Superintendencia de Salud interpuso una medida cautelar contra la EPS Compensar para proteger la vida de un paciente en Villavicencio, esto por no autorizar la realización de un procedimiento quirúrgico.

Con este mecanismo, la SuperSalud ordenó a esta EPS garantizar de manera oportuna, integral y continua, la atención a uno de sus afiliados en Villavicencio quien desde hace varios meses solicitó la autorización y programación de una cirugía tras sufrir una fractura de tibia y peroné.

El caso se hizo visible el pasado 21 de noviembre, durante el desarrollo de un Diálogo con el Supersalud realizado en la capital del departamento del Meta, donde el paciente manifestó en el acto liderado por el Superintendente de Salud, Ulahí Beltrán López, las demoras en el acceso a los servicios de parte de la EPS Compensar para autorizar y programar la cirugía que le permitirá retirar el material de osteosíntesis”, explicaron desde la entidad.

Allí, el paciente señaló que desde hace cinco meses ya contaba con la orden para acceder al procedimiento pero solo hasta octubre fue valorado por anestesiología, área en la que el especialista dio vía libre para su intervención quirúrgica.

“Una vez hizo la radicación del reclamo, la Supersalud impartió la instrucción de dar cumplimiento inmediato a la orden médica y/o servicios requeridos por el usuario, sin que a hoy se haya obtenido respuesta de fondo de la entidad vigilada”, agregaron.

Frente a esto la Supersalud entregó un plazo máximo de 48 horas a Compensar para garantizar la prestación efectiva de los servicios y el derecho fundamental a la salud del usuario.

“Para constatar el cumplimiento de la medida cautelar ordenada por la Supersalud, el representante legal de Compensar deberá remitir a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes un informe detallado sobre el trámite, y resultado de la efectiva prestación de los servicios ordenados al usuario, así como la garantía de la continuidad e integralidad de su tratamiento, adjuntando también los soportes documentales que permitan su verificación”, señalan.