¿Cuál es el sueldo de un instructor del SENA y cuántas horas trabaja?
Los salarios básicos se asignan de acuerdo a los méritos y grados dentro de la entidad. Conozca aquí cuáles son los salarios y aspectos a tener en cuenta para trabajar en la entidad.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), es una institución educativa colombiana de carácter público, que se ha dedicado a conectar el talento nacional con educación de calidad y brindarles alternativas de desarrollo laboral, por lo que múltiples personas acceden a sus servicios de educación, apoyo a emprendimientos o servicios de búsqueda de empleo a nivel nacional e internacional.
Por ese motivo, y debido a su cobertura nacional, esta entidad cuenta con una amplia fuerza laboral entre administrativos, instructores académicos y otras labores. A continuación, le contamos cuál es la asignación salarial para los instructores que trabajan en esta entidad:
¿Cuál es el salario de los instructores del SENA?
De acuerdo con lo indicado en el artículo 3 del Decreto 890 de 2023 del Departamento Administrativo de Función Pública, en el que se fijan las escalas de asignación salarial básica de los instructores de esta entidad para el presente año, estos trabajadores reciben su salario de acuerdo al grado que tengan en la entidad, de 1 a 20.
En ese sentido, estos son los sueldos asignados según el grado en la escala salarial, al igual que otros tipos de empleados del SENA:
- Grado 1: $ 3′666.208 COP.
- Grado 3: $ 3′792.980 COP.
- Grado 3: $ 3′922.243 COP.
- Grado 4: $ 4′052.289 COP.
- Grado 5: $ 4′177.584 COP.
- Grado 6: $ 4′275.987 COP.
- Grado 7: $ 4′407.199 COP.
- Grado 8: $ 4′530.669 COP.
- Grado 9: $ 4′663.633 COP.
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- Grado 10: $ 4′797.430 COP.
- Grado 11: $ 4′925.982 COP.
- Grado 12: $ 5′017.232 COP.
- Grado 13: $ 5′151.677 COP.
- Grado 14: $ 5′238.296 COP.
- Grado 15: $ 5′365.558 COP.
- Grado 16: $ 5′495.964 COP.
- Grado 17: $ 5′615.387 COP.
- Grado 18: $ 5′773.139 COP.
- Grado 19: $ 5′906.077 COP.
- Grado 20: $ 6′138.084 COP.
No obstante, los valores mencionados hacen parte únicamente de la asignación básica; pues, teniendo en cuenta que las entidades públicas suelen tener buenos salarios y beneficios para sus empleados, esta no es la excepción, ya que en la misma normativa se especifica los siguientes beneficios adicionales a su salario básico:
- Todos sus empleados públicos de tiempo completo, incluyendo a los que trabajan como instructores, tienen derecho a un subsidio mensual de alimentación, que equivale al 20% de un salario mínimo legal vigente, es decir, alrededor de $232.000 COP; con excepción de los casos en los que el SENA suministre el servicio de alimentación, o que el empleado se encuentre en licencia o vacaciones.
- De igual manera, los empleados podrán acceder, según sea el caso, a ‘primas de coordinación’, bonificaciones por los servicios prestados, entre otros valores; sin embargo, el valor de ingreso mensual no podrá ser, en ningún caso, mayor a la que corresponde a los Ministros y Directores de Departamento Administrativo.
¿Qué determina el grado del instructor?
De acuerdo al Decreto 1424 de 1998, la escala de grados se asigna de acuerdo a los méritos demostrados por el trabajador. En ese sentido, se evalúan los siguientes aspectos:
- Experiencia.
- Evaluación de desempeño.
- Producción técnico pedagógica.
- Educación.
- Capacitación técnica y pedagógica.
Si desea consultar cómo inscribirse al Banco de Instructores SENA, aquí le contamos cómo lo puede hacer.
¿Cuántas horas trabaja un instructor del SENA?
Según la resolución 642 de 2004, el personal instructor del SENA tendría una jornada de 42.5 horas semanales, de los cuales 32 son de formación directa, y las 10.5 restantes serían dedicadas a la ejecución de actividades designadas de acuerdo al grado del instructor, como inducciones, preparación de sesiones, atención de alumnos, participación en el equipo pedagógico, entre otros.