Política

Listas las medidas de orden público para elecciones: habrá ley seca

El Gobierno expidió un nuevo decreto con las restricciones para esta jornada electoral del próximo 29 de octubre.

Elecciones regionales Colobmia 2023. Foto: Daniel Lopez/Anadolu Agency via Getty Images)

Elecciones regionales Colobmia 2023. Foto: Daniel Lopez/Anadolu Agency via Getty Images) / Anadolu Agency

El Gobierno expidió un nuevo decreto con las medidas de orden público que se aplicarán en el país para las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales del próximo 29 de octubre de 2023.

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La normativa establece desde el lunes 23 de octubre y hasta el lunes 30 de octubre de 2023, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados y garantiza la participación de los testigos electorales a los puestos de votación desde las 7:00 a.m.

Horarios ‘Ley seca’

Sobre las medidas restrictivas, el Gobierno establece la ‘ley seca’ donde quedaría prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 pm del sábado 28 de octubre hasta las 6:00 am del lunes 30 de octubre de 2023.

En caso de segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las 6:00 pm del sábado 18 de noviembre hasta las 6:00 am del lunes 20 de noviembre de 2023.

Otras medidas a nivel nacional

También se establece el cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos, durante el lapso comprendido entre las 6:00 p.m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4:00 p.m. del 29 de octubre de 2023, esta medida debe incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos, sin embargo, se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Además, para el mantenimiento del orden público se establece que las autoridades militares y de policía coordinarán con los alcaldes y secretarios de gobierno o quienes hagan sus veces, y con los respectivos comités de orden público y consejos departamentales y municipales de seguridad, las acciones y adopción de medidas que correspondan, en aras de afrontar y superar los hechos que puedan dar lugar a alteraciones del orden público en los municipios y distritos donde se vaya a llevar a cabo la jornada electoral, con el fin de preservar el normal desarrollo del proceso electoral.

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