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¿Cuántos días libres dan por ser jurado de votación? Así podría solicitarlo

Podrá usar el beneficio por ser jurado dentro de los 45 días siguientes de las votaciones.

Jurados de votación en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Cali, Colombia / Foto: GettyImages / AL DIA News Media

Faltan tres semanas para que los colombianos mayores de edad se dirijan a las urnas a escoger los próximos ediles, diputados de asambleas departamentales, concejales, alcaldes y gobernadores que estarán en cargos públicos para el periodo 2024-2027.

Más de 39 millones de ciudadanos se encuentran habilitados para ejercer su derecho al voto, de acuerdo con datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y parte de ese número cumplirán el rol de jurados que estarán durante varias horas ubicados en las diferentes mesas a lo largo y ancho del país.

La lista para conocer quiénes fueron designados está disponible desde el 3 de octubre y puede ser consultada a través de la página web de la Registraduría Nacional. En caso de no asistir sin previa justificación, el Estado le impondrá varias sanciones.

Tenga en cuenta que puede ser elegido como jurado varias veces y en cada una de ellas debe asistir a la capacitación brindada por la Registraduría.

¿Qué funciones cumple un jurado de votación?

Según información publicada por la entidad anteriormente mencionada, las personas que serán jurados de votación para el próximo domingo 29 de octubre, deben cumplir las siguientes funciones:

Más información:

  • Recibir el documento de identidad del sufragante.
  • Verificarlo en el formulario E-10.
  • Escribir los nombres y apellidos del votante en el formulario E-11.
  • Firmar y entregar el tarjetón electoral al sufragante.
  • Estar atento a la urna.
  • Entregarle al votante el certificado electoral y el documento de identidad.
  • Realizar el escrutinio a la mesa, esto al finalizar la jornada.
  • Diligenciar en los documentos electorales, los resultados.
  • Entregar los pliegos al delegado de la Registraduría.

¿Cuántos días libres obtiene por ser jurado de votación?

El artículo 105 del Código Electoral estable que los jurados tendrán derecho a un solo día de descanso que será remunerado por parte del empleador; sin embargo, “debe hacerse efectivo dentro de los 45 días siguientes a la fecha del certamen electoral”, señala la Registraduría.

Para solicitarlo, el trabajador debe acercarse a su empleador y por medio de mutuo acuerdo establecer cuál día descansará. Asimismo, el jefe o superior no podrá imponer una fecha sin antes preguntarle o consultarle. En el caso de que la empresa se niegue a dar este beneficio por haber sido jurado de votación, el Ministerio de Trabajo recomienda que el ciudadano afectado se comunique con la línea 120.

Ahora bien, para las personas que trabajen medio tiempo y hayan sido designados como jurados de votación, también tendrán derecho a un día completo de descanso remunerado de acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública. Además, “la norma no señala que la compensación de la función como jurado de votación deba ser cumplida en horas laborables, ni que corresponde a un día laboral”, agrega.