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¿No sabe en dónde votar? Así podrá consultar su puesto de votación

Recuerde que, si necesita cambiar el puesto de votación, el plazo máximo será el próximo 29 de agosto

Persona votando en elecciones de Colombia. (Colprensa)

El próximo 29 de octubre los colombianos asistirán a las urnas para elegir a gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

De acuerdo con la Registraduría Nacional, en estos comicios serán elegidos: 32 gobernadores, 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales de todos los municipios y ciudades del país y 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Tenga en cuenta que si necesita cambiar el puesto de votación, el plazo está próximo a vencerse y solo hasta este martes 29 de agosto los ciudadanos podrán inscribir sus cédulas para estas elecciones. Lo anterior, si usted cambió su lugar de residencia.

La Registraduría Nacional amplió su horario de atención con el fin de culminar satisfactoriamente el periodo de inscripción de ciudadanos de cara a estos comicios territoriales. Así las cosas, aquellos ciudadanos que quieran actualizar su puesto de votación podrán acudir a las sedes de la Registraduría y a los Puntos Móviles de Inscripción que han sido habilitados a nivel nacional en un horario extendido.

Siendo así, serán atendidos este domingo 27 de agosto desde las 8 a.m. hasta las 8 p.m. Lo mismo ocurrirá el lunes y el martes.

Así podrá consultar su puesto de votación

Si usted no sabe cual es su puesto de votación, el procedimiento para consultar es bastante simple, solo necesita disponer dispositivo con conexión a internet.

Si desea consultar cuál es su puesto de votación, debe ingresar a la página de la Registraduría: www.registraduria.gov.co y seguir los siguientes pasos:

  • Haga clic en la opción ‘Servicios a la ciudadanía’
  • Diríjase a la parte inferior de la pantalla y ubique la opción ‘Electoral’
  • Haga clic en ‘Consulta de mi lugar de votación’
  • Digite su número de cédula y marque el cuadro de verificación
  • Oprima el botón ‘Consultar’ y listo el sistema le arrojará la respuesta de cual es su puesto de votación.

¿Quiénes pueden votar en estas elecciones?

Al tratarse de unos comicios en los que se define quiénes reemplazarán a las máximas autoridades regionales en departamentos, ciudades y municipios de Colombia, solo podrán ejercer su derecho al voto quienes residan en el país y que, además, hagan parte del censo electoral definido a partir del registro de documentos de identidad para votar.

Esto quiere decir que, aquellos colombianos en el exterior que sufragaron este año en las elecciones legislativas y en las presidenciales, no podrán participar en la jornada de octubre, a menos que hayan retornado al país para el día de los comicios y alcancen a inscribir su cédula para participar.

Para el caso de los extranjeros residentes en Colombia, estos podrán votar si cuentan con mínimo 5 años de residencia en el país e inscriben su cédula de extranjería con categoría de residente vigente expedida por la autoridad competente.

¿Qué beneficios tiene el certificado electoral en Colombia?

El certificado se entrega al elector una vez emita su voto. Por tal razón, es importante que los ciudadanos puedan conservarlo en buen estado para acceder a los estímulos definidos en la siguiente lista:

  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio para soldados o auxiliares bachilleres, y dos meses si son soldados campesinos o regulares.
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.
  • Descuento de un 10% en el costo de la matrícula en instituciones oficiales de educación superior.
  • Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que se solicite durante los 4 años siguientes a la votación por una sola vez.
  • Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la libreta militar y duplicados de la cédula de ciudadanía.
  • Media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo utilizado para votar.