Ley de desconexión laboral no aplica para cargos directivos: Procuraduría
La procuradora Margarita Cabello, indicó que los periodos de desconexión laboral no cobija a los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo.
Bogotá
En un concepto enviado a la Corte Constitucional, la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, señaló que la norma de desconexión laboral, que establece el derecho de los empleados a no ser molestados por cualquier medio o herramienta tecnológica fuera de horarios laborales, no cobija a los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo.
La procuradora precisó que la responsabilidad de quienes desempeñan cargos directivos es de mayor fuerza laboral, que la originada en otras funciones, y por ello se justifica solicitarle a quien las desempeña una disponibilidad distinta.
“El desempeño de esos cargos es una razón válida constitucionalmente para establecer un trato diferencial entre quienes ocupan dichas posiciones de privilegio y los demás empleados”, indicó la procuradora Cabello.
Además, sostuvo que la norma solamente impone el deber de estar disponibles en los tiempos de reposo en caso de ser requeridos, y que esa limitación “no afecta de forma irrazonable los derechos de los trabajadores, porque, además del salario más elevado que es connatural a esos cargos, no se elimina la posibilidad de que los empleados que ocupan dichas plazas laborales disfruten de los días de descanso obligatorio en la semana o de los periodos de vacaciones”.
Por esa razón, solicitó declarar constitucional el artículo que fue demandado, pues constituye una disposición legítima que no desconoce el principio de igualdad ni los derechos de los trabajadores.