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Justicia

Última palabra para sancionar a elegidos por voto popular la tendrá un juez

Podrá ser cualquier juez del Consejo de Estado

Procuraduria

La Corte Constitucional precisó este jueves 16 de febrero, que la determinación de las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a funcionarios de elección popular, corresponderá finalmente al juez contencioso administrativo, es decir cualquier juez o el Consejo de Estado, después de agotado el procedimiento a cargo de la Procuraduría General de la Nación.

“En los términos del artículo 277.6 de la Constitución Política, la Procuraduría General de la Nación (PGN) es competente para investigar y juzgar disciplinariamente a los funcionarios públicos, incluidos los servidores de elección popular, salvo que gocen de fuero constitucional. En relación con la naturaleza de dicho control, se tiene que, según la jurisprudencia, es de carácter administrativo sancionatorio”, dice el fallo.

Es importante recordar que en agosto de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado colombiano de violar los derechos políticos del hoy presidente de la República, Gustavo Petro.

Según lo declarad por esta Corte, estos se vieron afectados con la sanción disciplinaria que le impuso la Procuraduría General de la Nación en diciembre de 2013 cuando lo destituyó como alcalde de Bogotá y lo inhabilitó por 15 años para ocupar cargos públicos.

A pesar de esto “se destaca que, por mandato legal, en tratándose de servidores de elección popular, el trámite del mecanismo de revisión suspende la ejecución de la decisión sancionatoria de la PGN hasta que el juez contencioso administrativo se pronuncie, asegurando la reserva judicial”.

Precisó así que las funciones disciplinarias que ejerce la Procuraduría General de la Nación son de naturaleza administrativa y no jurisdiccional.

Igualmente, se ordenó al Congreso de la Republica la adopción de un estatuto de los servidores de elección popular, incluido un régimen disciplinario especial, que materialice los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de protección y garantía de los derechos políticos y electorales.