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Justicia

Gobierno no puede prohibir contratos por prestación de servicios

Así quedó instaurado en una demanda radicada ante el Consejo de Estado, contra el alcance de la circular de suscripción de contratos de prestación de servicios, que busca el Gobierno Nacional para la formalización laboral del empleo público.

Consejo de Estado / Foto: Colprensa

Colombia

Demanda presentada ante Consejo de Estado, argumenta que el Gobierno Nacional no puede prohibir contratos por prestación de servicios ante cualquier autonomía que tienen las Entidades Territoriales.

La demanda radicada se sostiene en el derecho mismo al salario y trabajo en sí, que tiene cualquier funcionario público, es decir, que en el caso particular del Departamento Administrativo de Función Pública y su polémica circular, cualquier ente no tiene porque abstenerse de llegar a un acuerdo frente a cómo ejecutar cualquier tipo de contrato, en este caso específico, el de prestación de servicios (CPS).

De esto último procede hablar sobre la competencia de la autonomía administrativa, porque de no darse esa libertad, habría una prohibición que está plasmada en la Constitución Política de Colombia, y el Ejecutivo no está por encima de la ley, según se entiende en la petición.

Otros conceptos como el derecho al trabajo, se enmarcan en la demanda radicada, argumentando que varios funcionarios dependen de un contrato, sea cual sea, y de llegar a ejecutarse la eliminación del CPS, cabe el riego que el presupuesto dado a entidades territoriales no alcance para las obligaciones laborales que tienen por antonomasia las entidades públicas.