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Justicia

“Diplomáticos homosexuales no podrán ser discriminados”: Procuradora

Margarita Cabello indicó que no existe una razón para dar un trato diferenciado a las parejas heterosexuales y homosexuales.

Imagen de referencia / Caracol Radio

La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, aseguró que los beneficios otorgados a los funcionarios de carrera diplomática, que por razón de sus cargos deben desplazarse al exterior o trasladarse entre ciudades de un mismo país con sus parejas o familias, no deben ser exclusivos para aquellos que tengan una relación con una persona de sexo diferente.

Para la Procuradora General la definición de compañero permanente que contiene la norma desconoce el principio de igualdad, ya que establece un trato diferencial injustificado que se encuentra proscrito por nuestra Constitución, así como por la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, que prohíben la discriminación con base en el sexo, el género, la orientación sexual o cualquier otra circunstancia similar.

Así lo indicó la jefe del Ministerio Público en concepto rendido ante la Corte Constitucional, en el que señaló que la normativa que reguló el servicio exterior de la República (Decreto Ley 274 de 2000) es inconstitucional en el aparte que hace relación a esos beneficios (art. 62), porque no existe una razón suficiente para dar un trato diferenciado a las parejas heterosexuales y homosexuales.

“Ciertamente, se niega (a las parejas homosexuales) la posibilidad de acceder a los beneficios establecidos para los diplomáticos que deben trasladarse al exterior, bajo un criterio basado simplemente en la orientación sexual del funcionario, que parece reproducir la normativa vigente para la época de su expedición que discriminaba a las parejas del mismo sexo, pero que fue superada desde la Sentencia C 075 de 2007″, precisó la Procuradora.

Por esa razón, solicitó declarar inconstitucional la norma que contiene esa diferenciación, y así superar la vulneración del principio de igualdad.