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Economía

Panel de árbitros da la razón a Colombia en apelación por papas congeladas

Los derechos antidumping a la importación de papas congeladas desde Bélgica, Países Bajos y Alemania están vigentes desde noviembre del 2018

Papas congeladas

El ministro de Comercio, Germán Umaña confirmó que el panel de árbitros de la Organización Mundial del Comercio que estudió la apelación presentada por Colombia en octubre pasado en el proceso que se sigue por la imposición de derechos antidumping a la importación de papas congeladas, le dio la razón al país en puntos clave.

Reveló que Colombia tenía la razón al iniciar el proceso de investigación que terminó en la imposición de derechos antidumping sobre las papas fritas congeladas procedentes de Bélgica, los Países Bajos y Alemania.

De acuerdo con el ministerio de Comercio, los árbitros también le dieron la razón a Colombia en el sentido que el Acuerdo Anti-Dumping de la OMC permite que se tomen en cuenta las interpretaciones jurídicas de las autoridades que adelantan las investigaciones, antes de emitir la interpretación preferida de los tribunales.

Con esta decisión arbitral se inclina la balanza a favor de Colombia frente a los resultados obtenidos en este pleito que se adelanta ante la OMC.

Así las cosas, y tomando en cuenta el informe final del Grupo Especial de la OMC conocido en octubre y sumado a esta decisión arbitral, Colombia deberá rectificar algunos aspectos técnicos de las decisiones adoptadas y que derivaron en la imposición de los derechos antidumping.

Entre ellos, el uso de la base de datos DIAN para calcular los márgenes de dumping, el trato confidencial de cierta información presentada durante la investigación y aspectos técnicos del cálculo de los márgenes de dumping.

Finalmente, el ministro dijo que Colombia es respetuosa del mecanismo de solución de controversias de la OMC, por lo que se adelantarán las gestiones pertinentes para implementar las consideraciones de los árbitros en un periodo razonable, atendiendo a los procesos propios de la legislación interna.