No hay ninguna queja por despido de trabajadores por afinidad política
El Ministerio del Trabajo reiteró que la participación en política no puede incidir en las relaciones laborales
No hay ninguna queja reportada hasta hora en el Ministerio de Trabajo, sobre supuestos despidos por afinidad política. Versiones de ese tipo han circulado desde ayer por las redes sociales.
"El Ministerio del Trabajo le recuerda a los empleadores y trabajadores del país, que el derecho al voto es Constitucional y que el Código Sustantivo del Trabajo es totalmente compatible con este derecho", afirmó el viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, Andrés Felipe Uribe Medina.
Agregó, "la posición de una persona a la hora de votar, no es justa causa de despido bajo ninguna circunstancia. Adicionalmente, el Código Sustantivo del Trabajo contiene la prohibición para dificultar o interferir con este derecho constitucional para un trabajador".
Por su parte, el abogado y docente de la Universidad Central y Especialista en Derecho Laboral, Octavio Rubio, afirmó que el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 59 prohíbe la imposición de cualquier tipo de obligación de carácter religioso o político.
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"Por lo tanto, no se puede dificultar, impedir o despedir a los trabajadores por el hecho de una decisión en su votación, sería una clara violación a derechos fundamentales para lo cual pueden acudir incluso, a la acción de tutela", afirmó Rubio.
El experto explicó, que, además de iniciarse quejas ante el Ministerio del Trabajo, los inspectores en el marco de sus competencias, pueden imponer sanciones a esos empleadores, entre 1 y 5.000 Salarios Mínimos. Adicionalmente a ello, también se pueden dar sanciones de tipo penal con la figura del constreñimiento al sufragarte.