“No hubo presunción de inocencia para patrulleros en caso Ordoñez”: Lloreda
Según el patrullero Cubillos, no hubo presunción de inocencia y no se respetó el debido proceso por el afán de realizar una sanción.
El procurador delegado para la fuerza pública escuchó todas las partes, iniciando con el patrullero Lloreda Cubillos, quien asumió su propia defensa, pero, hasta ese momento no había dado su versión de lo sucedido en el CAI. También señaló que ha habido irregularidades en la investigación de la policíay la procuraduría, porque no hubo indagación preliminar desde un comienzo, sino formal.
Lea también:
Según el patrullero Cubillos, no hubo presunción de inocencia y no se respetó el debido proceso por el afán de realizar una sanción.
En una de las audiencias el patrullero Rodríguez, había acusado a Lloreda de pegarle una patada a Ordoñez en el CAI, pero Lloreda indicó que la declaración del patrullero Rodríguez, no debía ser tomada en cuenta, por su actuación como disciplinado, además que tenía antecedentes psiquiátricos. De todos modos, tomó la parte de su compañero en la que indicó haber sido agredido por Ordoñez, para decir que por esa razón tuvo que utilizar el taser.
En conclusión, el patrullero Lloreda alegó que, no hay pruebas que determinen que la muerte de Ordoñez haya sido producto del forcejeo del video por el que se dio a conocer el caso. La defensa pide la más alta condena para los patrulleros, y la familia solicita que se condenen por tortura y homicidio agravado.
La lectura del fallo disciplinario quedó para el 27 de octubre.