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Ordenan suspender temporalmente crédito de USD 370 millones a Avianca

Caracol Radio conoció el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el que se ordenan las medidas cautelares para proteger el patrimonio

Ordenan suspender temporalmente crédito de USD 370 millones a Avianca

Ordenan suspender temporalmente crédito de USD 370 millones a Avianca(Getty Images)

Caracol Radio pública en exclusiva el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el que acepta una demanda y ordena medidas cautelares para frenar el desembolso del crédito que aprobó el Gobierno Nacional para Avianca Holdings S.A.

El tribunal resuelve, “admitir la demanda instaurada en ejercicio del Medio de Control de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos por el señor Jonatan Ruíz Tobón contra el presidente de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Avianca Holdings S.A.”.

En el numeral séptimo resuelve, además, “adoptar la medida cautelar de urgencia consistente en suspender el desembolso del crédito aprobado a Avianca Holdings S.A. por el Fondo de Mitigación de Emergencias por un valor de US370 millones. Para tales efectos, el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público deberá adelantar, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comunicación de la presente medida, todas las actuaciones administrativas necesarias con el fin de dar cumplimiento a la orden impartida e informará a este Tribunal sobre tal determinación, acompañando los soportes correspondientes. La presente decisión sobre la medida cautelar no implica prejuzgamiento en los términos del artículo 229, inciso final, de la Ley 1437 de 2011”.

El demandante, el ciudadano Jonatan Ruíz Tobón, aseguró en sus argumentos que ese préstamo vulnera los derechos colectivos de la moralidad administrativa, el patrimonio público y “la seguridad social, en lo que a sostenibilidad se refiere”.

El documento establece que el préstamo aprobado con recursos del patrimonio público, asegura que hacen parte del Fondo de Mitigación de Emergencias, y no existe claridad acerca de las condiciones de otorgamiento ni de las garantías reales verificadas para su respaldo.

El demandante presentó “documentos, informaciones, argumentos y justificaciones” que permiten concluir, mediante un juicio de ponderación de intereses, resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla. Señala el auto del Tribunal.

Por esa razón, los magistrados ordenaron al gobierno nacional que en un término de 24 horas debe suspender el crédito aprobado a Avianca Holdings S.A.

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