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Todos los colombianos sin importar su edad tienen derecho a la educación pública

El Consejo de Estado sentenció que los departamentos no pueden establecer límites en la edad o en la cobertura para ofrecer el servicio público de educación a la población colombiana

El Consejo de Estado sentenció que los departamentos no pueden establecer límites en la edad o en la cobertura para ofrecer el servicio público de educación a la población colombiana.
A través de una Tutela una niña menor de cinco años logró ser reintegrada a su colegio de Fortúl - Arauca, luego de que le cancelaran su matrícula porque según la ley el Estado está obligado a ofrecer el servicio público de educación sólo a personas entre los cinco y los 15 años de edad.
Según la sentencia “los derechos de los niños, en este caso el de la educación, prevalecen sobre los derechos de los demás”, además “el estado está obligado a
prestar de manera permanente y eficiente el servicio público de educación”.
La sección tercera del Consejo de Estado advirtió a la secretaria de educación del Arauca, que “por falta de planeación presupuestal o apelando a circunstancias de edad o cobertura no se pueden suprimir abruptamente los programas ofrecidos a menores de cinco años en los grados de prejardín y jardín”.

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