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En arriendo de vivienda reajuste no podrá superar IPC: Fedelonjas

El presidente de Fedelonjas explicó que el tope máximo de reajuste será de un 5,62% en arriendo de vivienda; en no residenciales será según lo pactado

En arriendo de vivienda reajuste no podrá superar IPC: Fedelonjas

En arriendo de vivienda reajuste no podrá superar IPC: Fedelonjas(Getty Images)

En diálogo con Hora20, Daniel Vásquez, presidente de Fedelonjas, explicó el comportamiento de los arriendos para el 2022, “en Colombia el control en reajuste de precio tiene una vivencia de 12 meses según el contrato”, por lo tanto, comenta, se establece que ese reajuste que se hace cada año no puede exceder el 100 por ciento del IPC del año calendario.

“En materia de vivienda para el 2022, hay un reajuste que no podrá superar el IPC que determinó el DANE que es del 5,62%”, asegurando que es un reajuste en la medida en la que el canon se ata a la inflación para así proteger al propietario del inmueble y que este no pierda poder adquisitivo.

No obstante, en los arriendos en los no residenciales como no hay una ley que regule el porcentaje, el incremento del valor se debe dar por lo pactado según el contrato.

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