Ponen tutela para que Alcaldía dé mejor calidad de vida a los Emberas
Se enfatiza en la garantía de derechos con enfoque diferencial étnico indígena y prevención de muerte de menores
La Juez 3 de pequeñas causas y competencia múltiple, con sede desconcentrada en la localidad de Suba, admitió la acción de tutela interpuesta por el Personero de Bogotá, Julián Pinilla Malagón, en protección reforzada de derechos de las comunidades indígenas que cumplen cerca de tres meses en las inmediaciones del Parque Nacional.
Con ella se busca “la protección y garantía de sus derechos fundamentales a la vida, dignidad humana, derechos prevalente de niños y niñas, integridad étnica, diversidad e identidad cultural, derechos de los adultos mayores, seguridad alimentaria, mínimo vital, vivienda en condiciones dignas, unidad familiar, salubridad, reparación y atención integral con enfoque diferencial étnico indígena, autodeterminación, confianza legítima y consulta previa”.
En el término de 8 horas siguientes al recibo de la comunicación que notifique la Medida, se debe brindar a los grupos de las comunidades indígenas asentadas en Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, condiciones de salud, alimentación, agua potable, elementos de aseo personal, manejo de residuos y desagües para gozar de condiciones sanitarias de habitabilidad mientras se resuelve su reubicación.
La Personería de Bogotá reiteró el llamado a la protección reforzada de las poblaciones indígenas en el marco ciudad de Bogotá, el respeto por su autonomía, decisiones propias, usos y costumbres.