Borrador de MinAmbiente cambiaría reglas de licencias ambientales: podría o no incluir a comunidades
La propuesta elimina el requisito de presentar un certificado sobre la presencia de estas comunidades para solicitar la licencia y contempla reactivar trámites suspendidos.

Consulta Previa. Foto: Gobernación de Nariño.

Caracol Radio conoció el borrador de decreto con el que el Ministerio de Ambiente propone cambiar las reglas que articulan el licenciamiento ambiental con la consulta previa a comunidades étnicas. La iniciativa permitiría que las autoridades ambientales comiencen o continúen la evaluación de proyectos sin tener que esperar a que se defina si deben realizar una consulta o a que termine ese proceso, cuando sea obligatorio.
La propuesta modificaría disposiciones del Decreto 1076 de 2015, que reglamenta el sector ambiental. El cambio busca que dos procedimientos que tienen objetivos y autoridades diferentes puedan avanzar simultáneamente, especialmente en proyectos de infraestructura, minería y energía que requieren licencia ambiental y pueden generar afectaciones directas a comunidades étnicas.
En la práctica, la autoridad ambiental podría revisar los estudios de impacto ambiental, realizar visitas técnicas, solicitar información adicional, pedir conceptos a otras entidades y adelantar las actuaciones jurídicas y administrativas necesarias mientras la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, del Ministerio del Interior, determina si procede la consulta o mientras se desarrolla el proceso con las comunidades.
Actualmente, las reglas contemplan que la evaluación ambiental no continúe mientras esté pendiente la decisión sobre la procedencia de la consulta previa o, cuando esta sea obligatoria, la culminación del proceso. El borrador propone modificar esa condición para permitir que las actuaciones de evaluación avancen en paralelo.
¿Qué cambiaría para las licencias ambientales?
Uno de los cambios planteados es eliminar la exigencia de presentar un certificado sobre la presencia o ausencia de comunidades étnicas y territorios colectivos como requisito para solicitar una licencia ambiental. El documento explica que el Ministerio del Interior ya no expide esos certificados como mecanismo para determinar si procede la consulta previa, función que corresponde a la autoridad competente de esa cartera.
Esto no significa que desaparezca la consulta previa ni que las autoridades puedan dejar de evaluar si un proyecto afecta directamente a comunidades étnicas. La propuesta busca ajustar los requisitos del licenciamiento a las competencias institucionales actuales.
El borrador también contempla reanudar de oficio los trámites de licenciamiento que se encuentran suspendidos bajo las reglas anteriores. Las actuaciones válidamente adelantadas conservarían su validez, por lo que los procedimientos no tendrían que comenzar nuevamente desde cero.
Los cambios se extenderían a las solicitudes de modificación de licencias ambientales existentes. En esos casos, la evaluación de los cambios propuestos también podría avanzar mientras se determina si procede la consulta previa o mientras esta se encuentra en curso.
La licencia no podrá resolverse antes de terminar la consulta
Aunque la evaluación técnica y jurídica podría avanzar simultáneamente con la consulta previa, el borrador establece un límite: la autoridad ambiental no podrá resolver la solicitud de licencia mientras esté pendiente la decisión sobre la procedencia de la consulta y, si esta resulta obligatoria, hasta que la autoridad competente declare agotado el proceso consultivo.
Si la evaluación ambiental termina antes de que se cumplan esas condiciones, se suspenderá el plazo para resolver la solicitud hasta que exista una decisión en firme sobre la consulta previa. Además, las actuaciones adelantadas durante la evaluación tendrán carácter preliminar y podrán complementarse o revisarse a partir de los resultados del proceso consultivo.
El documento señala que las comunidades deben conservar una oportunidad real y efectiva de incidir en la decisión definitiva. Por eso, si durante la consulta se identifican aspectos ambientales relevantes, la autoridad podrá complementar su informe técnico de evaluación cuando lo considere pertinente.
¿Qué pasará con los acuerdos alcanzados con las comunidades?
Otro de los puntos del proyecto es incorporar a las licencias ambientales los acuerdos alcanzados durante la consulta previa que estén relacionados con medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de impactos ambientales, siempre que correspondan a las competencias de la autoridad ambiental.
El borrador establece que estos acuerdos deberán incorporarse en los términos en que fueron pactados, sin que la autoridad ambiental pueda modificarlos, sustituirlos o reinterpretarlos.
Cuando los compromisos correspondan a otras entidades, podrán incluirse en un anexo para facilitar la coordinación institucional, sin que eso los convierta automáticamente en obligaciones propias de la licencia ambiental ni cambie las competencias legales de cada autoridad.
La propuesta también extendería estas reglas, cuando corresponda, a procedimientos especiales de licenciamiento, entre ellos los relacionados con proyectos solares y eólicos con diseño optimizado y la licencia ambiental temporal para la formalización minera, sin alterar sus requisitos particulares.
El borrador de decreto fue presentado para consulta pública y todavía no constituye una norma vigente. Si se adopta, cambiaría la secuencia de los procedimientos ambientales y consultivos, al permitir que la evaluación avance sin esperar a que termine la consulta previa, pero manteniendo la obligación de resolver este proceso antes de adoptar la decisión definitiva sobre la licencia, cuando corresponda.
Esto dice el borrador de decreto del Ministerio de Ambiente








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Alisson Torres Herrera
Comunicadora Social - Periodista Audiovisual egresada de la Universidad Externado de Colombia, con experiencia...




