¿Lo afectó el terremoto y paga arriendo en Cali? Estas medidas le pueden interesar
Las autoridades establecieron medidas temporales sobre reajustes, desalojos y renovación de contratos para los afectados.

¿Te afectó el terremoto y pagas arriendo en Cali? Estas medidas te interesan

Si el terremoto del 10 de agosto afectó su vivienda y actualmente paga arriendo en Cali, hay nuevas reglas que pueden aplicar a su contrato. El Decreto Legislativo 1423 del 17 de septiembre de 2026 contempla medidas temporales sobre reajustes, desalojos, renovación de contratos y nuevos cánones.
Entre las disposiciones está el aplazamiento de determinados reajustes de los cánones de arrendamiento y la suspensión de algunas diligencias de entrega, lanzamiento o restitución de inmuebles, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
También se contempla una prórroga de hasta seis meses para determinados contratos cuyo vencimiento esté previsto entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2026. La norma establece además medidas para evitar incrementos especulativos en nuevos contratos y permite que propietarios y arrendatarios acuerden el manejo de los cánones causados durante la emergencia.
Estas medidas no aplican automáticamente a todos los contratos. Cada caso debe cumplir las condiciones y excepciones previstas en el decreto.
Lina Marcela Valencia Zapata, de la Oficina de Control a Arrendamientos de la Secretaría de Seguridad de Cali, explicó que quienes hayan recibido después del terremoto una notificación por aumento del canon, desalojo o negativa a renovar el contrato pueden presentar su caso ante la Alcaldía.
“Si después del sismo del 10 de agosto del 2026 has recibido alguna carta en la cual se te notifica el aumento del canon de arrendamiento, de algún desalojo o la negativa a la renovación de un contrato de arrendamiento, te informamos que el Decreto 1423 de septiembre del 2026, expedido por el Gobierno Nacional, protege temporalmente estas situaciones”, señaló.
El decreto también establece medidas para las propiedades horizontales afectadas por el terremoto. Durante un periodo de hasta dos años podrán utilizar recursos del Fondo de Imprevistos para cubrir gastos de reparación, rehabilitación, reforzamiento o reconstrucción.
Las asambleas de propietarios también podrán establecer planes especiales de pago para atender las obligaciones económicas derivadas de las obras de recuperación de las copropiedades.
Los afectados pueden presentar sus casos ante la Secretaría de Seguridad y Justicia de Cali a través de los correos despacho.ssj@cali.gov.co y proteccion@cali.gov.co, o mediante una petición en la página web de la Alcaldía. También pueden acudir al CALI más cercano a su comuna.
Se recomienda conservar los documentos que permitan demostrar la afectación ocasionada por el terremoto y revisar las condiciones del Decreto 1423 antes de tomar decisiones sobre el contrato de arrendamiento o las obligaciones de la copropiedad.

Mairon Benavides Cadena
Periodista en Caracol Radio. Premio de Periodismo Alfonso Bonilla Aragón 2024. Docente universitario. Comunicador...




