Consejo de Estado suspendió decreto de traslado exprés de ahorro pensional a Colpensiones
La medida que adoptó el Consejo de Estado es de carácter provisional.
Gustavo Petro, dinero Colombia y logo de Colpensiones. Fotos: (Photo by: Camilo Erasso/Long Visual Press/Universal Images Group via Getty Images) / Getty Images / Colpensiones
El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el decreto expedido por el Gobierno nacional que ordenaba el traslado de más de 20 billones de pesos desde los fondos privados hacia Colpensiones, una decisión que deja en pausa la medida mientras se define su legalidad de fondo.
La disposición había generado reparos desde distintos frentes. El Banco de la República, la Contraloría General de la República y Asofondos, entre otros sectores, advirtieron que el traslado masivo de recursos iba en contravía de la reforma pensional impulsada por el propio Gobierno, la cual establece que esos ahorros deben permanecer en las cuentas individuales hasta que los afiliados cumplan las condiciones para acceder a una pensión. En ese contexto, se ha señalado que, de los cerca de 120 mil afiliados cobijados por el traslado, solo unos 20 mil se encuentran actualmente en edad o situación de pensionarse.
Ese fue uno de los elementos que tuvo en cuenta el alto tribunal para decretar la medida cautelar, que se mantendrá vigente mientras se adopta una decisión definitiva y que, en la práctica, evita que las administradoras de fondos tengan que salir a liquidar de manera apresurada los ahorros de sus afiliados.
Al examinar el caso, el Consejo de Estado interpretó lo dispuesto en la Ley 2381 de 2024, en cuyo parágrafo del artículo 76 se establece que “los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual […] seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”, lo que, a juicio de la corporación, fija de manera expresa el momento en el que procede el traslado de los recursos. En la misma línea, el Decreto 1225 de 2024 reitera que “los recursos permanecerán bajo la administración de las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta tanto se consolidara el derecho pensional de quien hubiere efectuado el traslado de régimen”, reforzando así la interpretación según la cual dichos dineros no pueden moverse antes de que se cause el derecho a la pensión.
Con esta decisión, el proceso queda temporalmente suspendido y será el propio Consejo de Estado el encargado de definir en los próximos meses si el decreto se ajusta o no al marco legal vigente, en un debate que resulta clave para el futuro de la reforma pensional y el manejo de los ahorros de millones de afiliados en el país.
Juan Esteban Quintero
" Comunicador social y periodista con especialización..." Comunicador social y periodista con especialización en narrativas digitales, ambos títulos de la Universidad Sergio Arboleda. Actualmente cubre temas de paz, derechos humanos y medio ambiente.