¿Cuáles serían las medidas que se caerían con la suspensión del decreto de emergencia económica?
La Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional el decreto de emergencia económica, conozca los detalles de lo que esto implica

¿Cuáles serían las medidas que se caerían con la suspensión del decreto de emergencia económica? / Andrzej Rostek
Recientemente la Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional el decreto de emergencia económica, apoyando así, la ponencia del magistrado Carlos Camargo, con una votación de seis a favor y dos en contra.
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Con esta decisión, todos los impuestos y beneficios tributarios que tenía la emergencia económica no se podrán seguir aplicando.
Varios sectores y gremios le habían solicitado a la Corte que suspendiera la emergencia, argumentando vicios de forma en el decreto y falta de argumentos.
¿Qué es el decreto de emergencia económica?
El decreto de emergencia económica es un mecanismo excepcional contemplado en la Constitución política que permite al presidente de la República asumir facultades legislativas de forma transitoria. En este caso, el primer mandatario, Gustavo Petro, tomó la decisión de llamar esta figura de decreto, principalmente para enfrentar un déficit fiscal estimado en $16,3 billones de pesos, esto luego del hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso, la cual buscaba recaudar fondos para el presupuesto de 2026.
¿Cuáles son las medidas que se caerían por esta suspensión?
El decreto de emergencia económica trae consigo ciertos tipos de medidas con las cuales se podría recaudar el dinero para enfrentar el déficit fiscal, esas medidas son las siguientes:
Impuestos:
- IVA a los licores y bebidas alcohólicas: El cambio más significativo que contenía este decreto es el aumento del IVA a licores, vinos y aperitivos, que pasa del 5 % al 19 %. Este incremento impacta de forma directa el precio final que paga el consumidor y modifica la estructura de ingresos de los departamentos, que antes recibían ese impuesto como renta propia.
Con el nuevo esquema, una botella de aguardiente de 750 mililitros, que hoy se comercializa alrededor de los 50.000 pesos, podría costar cerca de 63.000 pesos
- IVA a los cigarrillos: En el caso de los cigarrillos, el impuesto por cajetilla pasó de poco más de 4.000 pesos a más de 11.000, es decir, más del doble del valor anterior.
- Juegos de suerte y azar: Según el artículo 2, los juegos de azar operados exclusivamente por internet, desde Colombia o el exterior, estarán gravados con IVA. El impuesto recaerá sobre los operadores y se calculará sobre el ingreso bruto del juego. El Gobierno sustenta la medida en el crecimiento superior al 20% del sector durante 2025.
- Sobretasa a bienes y servicios: Se estableció una sobretasa del 10% (superior al 5% previo) aplicable únicamente para el año gravable 2026 a instituciones financieras, aseguradoras y comisionistas de bolsa.
- Compras en plataformas digitales: Anteriormente, las compras por internet estaban exentas de IVA si el valor era inferior a USD $200. Con la nueva medida, este beneficio se redujo drásticamente: Compras superiores a USD $50: Ahora deben pagar un IVA del 19%.
Equivalencia en pesos: Este monto equivale aproximadamente a $189.000 COP (dependiendo de la tasa de cambio vigente)
- Consumos de bienes de alto valor: Los artículos 4 y 5 redefinen el impuesto al patrimonio. Para 2026, el tributo se genera para patrimonios líquidos iguales o superiores a 40.000 UVT, con una tarifa progresiva entre 0% y 5%, según el valor declarado.
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