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EPS deben pagar cuidador en casa: requisitos y cómo solicitar servicio según sentencia T-319 de 2025

Esta nueva sentencia establece casos específicos en los que puede solicitar este servicio a las EPS. Conozca cómo solicitar un cuidado de persona en casa y en qué casos aplica:

EPS deben pagar cuidador en casa: requisitos y cómo solicitar servicio según sentencia T-319 de 2025

EPS deben pagar cuidador en casa: requisitos y cómo solicitar servicio según sentencia T-319 de 2025

La Sentencia T-319 de 2025, emitida por la Corte Constitucional, transformó la forma en que las EPS deben responder a las necesidades de cuidado domiciliario.

El alto tribunal dejó claro que el derecho al cuidado forma parte integral de la salud y la dignidad humana, por lo que las personas con dependencia funcional pueden exigir un cuidador en casa cuando las circunstancias lo ameriten y la familia no tenga cómo asumir esa carga.

El fallo surgió tras revisar el caso de una mujer de 100 años afiliada a Mutual Ser EPS, quien padecía múltiples enfermedades y no podía valerse por sí misma. Su familia, por razones económicas y físicas, no podía brindarle los cuidados básicos, razón por el que La Corte ordenó asignarle un cuidador durante 12 horas diarias, además de valoraciones integrales y atención domiciliaria continua.

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Quiénes tienen derecho a solicitar un cuidador

La decisión no se limita únicamente a adultos mayores. Según la Corte, el servicio de cuidador domiciliario debe ser garantizado también a:

  • Personas con discapacidad física, cognitiva o sensorial.
  • Pacientes con enfermedades crónicas o degenerativas.
  • Víctimas de accidentes que afecten su autonomía.
  • Cualquier persona con dependencia funcional clínicamente comprobada, sin importar su edad.

Requisitos para que la EPS apruebe un cuidador

El tribunal fijó dos criterios esenciales que deben cumplirse:

  • Existencia de una verdadera necesidad médica

Debe constar en la historia clínica que la persona requiere ayuda permanente para actividades básicas como bañarse, vestirse, alimentarse, movilizarse o tomar sus medicamentos.

El médico tratante puede dejar explícita esta recomendación. Si no lo hace, el juez puede ordenar una valoración integral que determine la dependencia.

  • Imposibilidad de la familia para brindar el cuidado

Los familiares deben explicar y demostrar el por qué no pueden asumir la labor:

  • Problemas de salud propios
  • Edad avanzada
  • Obligaciones laborales
  • Limitaciones económicas o funcionales

Documentos para solicitar un cuidador de persona en casa

Para iniciar el trámite ante la EPS se debe presentar:

  • Historia clínica que evidencie la dependencia funcional.
  • Orden o concepto médico que sustente la necesidad del cuidador.
  • Carta de la familia explicando por qué no puede asumir la atención.
  • Copias de documentos de identidad del paciente y del núcleo familiar.

Una vez radicada la solicitud, la EPS cuenta con 15 días hábiles para responder. Si incumple el plazo o niega injustificadamente el servicio, es posible acudir a una acción de tutela.

Qué debe garantizar la EPS

La Corte aclaró que un cuidador no es un auxiliar de enfermería, pues su función es apoyar las actividades básicas de la vida diaria, no realizar procedimientos clínicos, los cuales solo pueden ser ordenados por un profesional de la salud.

Si la familia decide aportar un cuidador propio, la EPS debe brindar capacitaciones para asegurar un manejo adecuado del paciente mientras se formaliza la prestación del servicio.

El fallo también recordó que las EPS deben garantizar un tratamiento integral para todas las enfermedades diagnosticadas, sin trabas administrativas, incluyendo hipertensión, diabetes, insuficiencia cardiaca o renal, osteoporosis, neumonía y secuelas de accidentes cerebrovasculares.

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