Reforma pensional 2025: ¿quiénes pueden cotizar por días? Proyecto de Petro explicado
Conozca quiénes podrán beneficiarse de la nueva modalidad de cotización por días en la reforma pensional de 2025

Seguimos en la cuenta regresiva para que entre en vigencia la nueva ley pensional en Colombia , la cual es producto de la discusión de la reforma presentada por el gobierno del presidente Gustavo Petro durante 2024. Esta fue aprobada por el Congreso de la República y busca darle mayor equidad al sistema pensional.
A partir del mes de julio de este 2025 las reglas pensionales van a cambiar. Esta aplica para las mujeres con menos de 750 semanas ya cotizadas y para los hombres con menos de 900 semanas cotizadas. Con esto se busca adaptar al país a las nuevas realidades laborales, las cuales no existían hace décadas con el anterior régimen.
Cada día es más común ver trabajadores independientes, con emprendimientos o simplemente que se encuentran realizando trabajos por prestación de servicios. Anteriormente, cotizar para pensión para estos sectores de la población podía resultar un dolor de cabeza, pero esto cambiará con la nueva ley pensional.
Y es que a partir de julio de 2025 se permitirá a los trabajadores colombianos cotizar por los días trabajados de forma independiente. Una figura que ayudará a quienes buscan cotizar a pensión, pero que solo funciona en algunos casos muy específicos.
¿Quiénes pueden cotizar a pensión por días?
No todas las personas pueden utilizar esta figura. Esto depende del número de días laborados y solo se podrá hacer bajo algunos modelos específicos que contempla la nueva ley, los cuales se pueden contemplar de la siguiente manera:
- Se puede cotizar por días si no se trabaja más de 20 días al mes.
- Si se trabajan entre 1 y 7 días, se cotizará una mínima semanal.
- Si se trabajan entre 8 y 14 días, se cotizarán dos mínimas semanales.
- Si se trabajan entre 15 y 21 días, se cotizarán tres mínimas semanales.
- Si se trabajan más de 21 días, se cotizarán cuatro mínimas semanales.
Si se trabajan más de 21 días al mes ya se está en obligación de cotizar el mes completo. También se puede hacer esa cotización por los días que haya laborado y trabajado si se afilia como trabajador independiente. Entonces la cantidad de semanas cotizadas depende del número de días que haya cotizado en el mes.
El ingreso base para calcular la cotización mínima mensual para las personas que coticen por días o por semanas, debe ser el equivalente a una cuarta parte del salario mínimo mensual legal vigente. De esa manera se podrá calcular el monto de cotización mínimo semanal.
¿Quiénes no aplican a esta nueva reforma pensional?
Esto no aplica para las mujeres que tengan 750 semanas o más cotizadas y los hombres con 900 semanas o más cotizadas para el 30 de junio de este año 2025. Este grupo de personas siguen bajo las mismas condiciones que establecía la ley 100 de 1993, es decir, el actual régimen pensional.
Estas personas tienen una ventana para quedarse en el fondo privado de su elección o en Colpensiones, para que puedan decidir dónde se quedarán sus ahorros para la jubilación.